martes, 30 de septiembre de 2014

Archivo Digital




Revista Estructura n° 04, 2015. Santiago, Chile. 1ª ed.
Temática: Latinoamérica.
48 páginas.
Distribución gratuita. Licencia Creative Commons
Sitio web: http://www.revistaestructura.cl










Revista SOCIEDAD HOY n° 25.
Temática Biopolítica y Gubernamentalidad en Chile. 
ISSN 0717-3512
191 páginas.
Publicación Semestral del Departamento de Sociología y Antropología
Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Concepción
Sitio web: www.sociedadhoy.cl 




Revista Política Crítica #1. Edición especial de inauguración.
39 páginas.
Centro de Estudios Contracorriente.
Santiago de Chile.
2015.






 Acá no, acá no me manda nadie: empresas recuperadas por obreros 2000-2010
192 páginas
Juan Pablo Hudson
Ediciones Tinta Limón
Buenos Aires
2011




Calibán y la bruja: mujeres, cuerpo y acumulación originaria.
408 páginas
Silvia Frederici
Ediciones Tinta Limón
Buenos Aires
2010
 
La Maquila #1:
Panorámica del Trabajo en el Chile Neoliberal. Aportes de Investigación Estudiantil

62 páginas
Grupo De Estudios Interdisciplinarios del Trabajo (GEIT) -  FACSO
 http://geitfacso.wix.com/geit-facso
Arlequín Edciones
ISSN: 0719-6121



La Semántica biopolítica: Foucault y sus recepciones.
346 páginas.
Adán Salinas Araya
CENALTES Ediciones. 
http://www.cenaltesediciones.cl/
Viña del Mar, Chile.
2014.




Historia de la Gubernamentalidad. Razón de Estado, liberalismo y neoliberalismo en Michel Foucault
280 páginas.
Santiago Castro Gómez.
Siglo del Hombre Editores; Pontificia Universidad Javierana-Instituto Pensar;Universidad Santo Tomás de Aquino.
Bogotá, Colombia.
2010.




229 páginas.
ISSN 0719-2819
http://preteritoimperfecto.cl/
Santiago, Chile.
2014.






La Doctrina del Shock: El Auge del Capitalismo del Desastre.
708 páginas.Naomi Klein.
Ediciones Paidós.
Barcelona.
2007.






martes, 23 de septiembre de 2014

Reseña La Doctrina del Shock (documental)



El documental “La Doctrina del Shock” realiza una reproducción audiovisual de las principales tesis elaboradas en el libro La Doctrina del Shock: el auge del Capitalismo del Desastre, por la periodista e investigadora Naomi Klein.

Considerando al libro como el material primario (y más completo) desde el cual se elabora este documental, podemos decir que éste último dista mucho de alcanzar la profundidad analítica y exposición de información que se realiza en el trabajo de Klein. Sin embargo, mediante la reproducción casi literal de los principales argumentos expuestos en el libro, a lo largo de sus 80 minutos, este material posibilita una primera aproximación al material trabajado por la periodista canadiense.

Inicia describiendo las dos fuentes que Naomi Klein considera como fundamentales a la hora de acercarse a un entendimiento sobre aquello que denomina capitalismo del desastre. Por un lado se presentan las elaboraciones en materia de psicología conductista realizadas en el Allan Memorial Institute de la Universidad McGill (Montreal, Canadá) por el profesor Donald Ewen Cameron, mediante investigaciones patrocinadas por la CIA, conocimientos que luego cristalizarían en los manuales trabajados desde la Escuela de las Américas (como el Kubark Counterintelligence Manual de 1963, al que es posible acceder presionando aquí). Por otro lado, se expone el trabajo ideológico realizado al alero de la facultad de economía de la Escuela de Chicago, fundamentalmente en el trabajo del ganador del premio Nobel de Economía (1976) Milton Friedman.

Articulando las tesis del shock psicológico basado en el aislamiento y sobre estímulo sensorial propuestas por Ewen Cameron, y la tesis del shock treatment económico propuesta por Milton Friedman, el documental recorre diferentes experiencias históricas donde tales tácticas políticas se han aplicado de manera confluyente, con el doble objetivo de (1) instalar el complejo del capitalismo del desastre, y (2) anular las resistencias políticas que podrían levantarse contra tal proyecto de sociedad.

Básicamente se trataría de anular la posibilidad de resistencia política ejerciendo diversos mecanismos de shock en dos dimensiones, que mi juicio no deben separarse dentro del análisis:

A nivel individual podemos hacer referencia a las dinámicas de persecución política y tortura, donde se ejercen técnicas de privación sensorial (encierro prolongado, utilización de vendas, aislamiento acústico mediante capuchas), sobre estímulo sensorial (sesiones de tortura caracterizadas por fuertes golpizas, aplicación de electroshocks, ahogamiento en agua y en seco y otras formas de infligir sufrimiento corporal, reproducción continuada de sonidos ininterrumpidos, sobre exposición a la luz, aplicación de estupefacientes etc.) y fuertes humillaciones (vejaciones sexuales, trato denigrante caracterizado por el control de todas las actividades del individuo - horarios de comida, ritmos de sueño y evacuación de desechos biológicos –, humillación psíquica y moral, etc.) que contribuyen a anular la voluntad, y por tanto, la capacidad y posibilidad de resistencia de los individuos y colectividades sociales.

A nivel global se presentan las políticas económicas de corte neoliberal caracterizadas por la privatización, liberalización y desregulación de las economías nacionales, abriéndolas al capitalismo globalizado, subastando de manera ridícula los enclaves económicos estatales, y provocando un verdadero caos en la vida cotidiana de las personas, que bruscamente se ven enfrentadas a un escenario incierto, caracterizado por el desajuste entre las expectativas generales de la población en términos económicos y una nueva realidad social que impone una adaptación poblada de inquietudes cotidianas  e inmediatas (marcadas por el desempleo, el hambre, la tortura, la supervivencia en tiempos de catástrofe, la persecución, el exilio etc.) que minan las posibilidades de una mirada global sobre los procesos sociales que permita articular la posibilidad de una resistencia: uno de los puntos fuertes que se resaltan en el documental, entonces, es la manera profundamente violenta y autoritaria en que se han implementado tales reformas económicas.

Más allá del discurso neoliberal – que pone el énfasis en una serie de valores tales como la libertad de los individuos, el crecimiento económico y la globalización de la economía – a lo largo del documental podemos observar que desde Chile (1973), hasta Nueva Órleans (2005), pasando por Argentina (1976), Estados Unidos (década de 1980), Inglaterra (década de 1980) Polonia (década de 1990), Rusia (década de 1990), Sri Lanka (2005) e Irak (luego de la invasión de 2003)[1], las reformas neoliberales se han efectuado en contextos de crisis o conmoción individual/colectiva, trátese de violentos golpes militares que posibilitan la aplicación de estas medidas, de la declaración de estados de excepción que anulan las libertades civiles y políticas avalando la represión y el uso de la fuerza, de invasiones militares, de negociaciones políticas a puertas cerradas, o el aprovechamiento de catástrofes naturales. Cada una de estas situaciones abre las puertas para la articulación de las dos dimensiones del shock que ya hemos descrito y la imposición de reformas políticas y económicas que sólo benefician a la élite asociada al control de los conglomerados empresariales que basan su pervivencia en esta serie de dantescas situaciones.

Ante un escenario cuasi apocalíptico marcado por una radical expansión del complejo del capitalismo del desastre - del que no pareciera haber salida - se propone la reconstrucción de la historia, de la “narrativa” social y colectiva, como una fuente de resistencia basada en la historización de los procesos sociales – de cómo las cosas han llegado a ser lo que son - que podría ayudar a la prevención de la posibilidad de sucumbir ante la imposición de nuevos estados de shock.

Estar informados nos permitiría resistir ante la posibilidad de un shock, ya que el fundamento de estos es – precisamente - el aislamiento, la desorientación y la incomunicación social, que adquieren una expresión real en las sesiones de tortura,  las crisis inflacionarias, el exilio, el aumento del desempleo, los estados de catástrofe natural y la persecución política.

A continuación, el documental completo:



Título original: The shock doctrine.
Dirección: Michael Winterbottom y Mat Whitecross.
País: Reino Unido.
Año: 2009.
Duración: 80 min.
Género: Documental.
Guion: Naomi Klein; basado en su libro “The shock doctrine: The rise of disaster capitalism”. Producción: Andrew Eaton, Alex Cooke y Avi Lewis.
Fotografía: Ronald Plante y Rich Ball.
Montaje: Paul Monaghan.
Distribuidora: Isaan Entertainment y Karma Films.




[1] En el material audiovisual no se revisan algunos importantes casos históricos  - como el de Sudáfrica (en la década de 1990), Israel (ya en los años 2000)  - que permiten una clara comprensión del modo en que las élites del capitalismo del desastre se han orientado tanto táctica como estratégicamente. Asimismo, se omite la mayor parte de la información acumulada en el libro original; esto impide alcanzar una visión clara sobre la especificidad de los diferentes mecanismos y actores involucrados en cada una de estas empresas político-económicas. Sin embargo, la generalidad del documental se pone al servicio de una introducción al trabajo de Klein, lo que sin lugar a dudas resulta de utilidad.

miércoles, 17 de septiembre de 2014

Problemas de legitimación en la Constitución Política chilena. Una revisión sociológica-histórica de los procesos constituyentes de 1833 y 1980

No puedo ver, 
Tanta mentira organizada. 
Sin responder, con voz ronca,
Mi bronca…
(Pedro y Pablo, “La marcha de la bronca”)

En estas fechas de "fiesta nacional", nos parece pertinente compartir este trabajo redactado durante el segundo semestre de 2013 y publicado a principios de este año por la revista Pretérito Imperfecto, que esperamos contribuya a la reflexión sobre lo que significa, y cómo se ha forjado, nuestra "patria".

Llevar a cabo un análisis comparativo de los procesos constituyentes de 1833 y 1981 puede contribuir a entender la historia reciente del país,  posibilitando la puesta en cuestión de la última construcción nacional  –económica, política y social– de corte neoliberal, originada desde el seno de la Dictadura cívico-militar en Chile (1973-1989), siendo este uno de los  principales objetivos de la presente investigación.

Agradecemos la generosa labor de corrección del borrador realizada por Camila  Silva; sin su apoyo y motivación, la presente investigación no habría sido  posible.

Daniel González daniel.gonzalez.c@ug.uchile.cl 
Felipe Ruiz felipe.ruiz@ug.uchile.cl 
Francisca Torres francisca.torres@ug.uchile.cl  [2] 

Para acceder a una copia en línea del borrador de este artículo, clic acá; para acceder a una copia en línea de la Revista Pretérito Imperfecto #2, donde se encuentra el original de este artículo, clic aquí.


Introducción[1]
Enmarcados en un contexto en el que se ha puesto en el tapete de la discusión pública el tema de la legitimidad de la Constitución de 1980, convirtiendo el tema de la asamblea constituyente en una –de quizá tantas- promesas que se hacen en período de elecciones, se vuelve necesario revisar históricamente el proceso de construcción de Estado en Chile, con especial énfasis en la construcción del llamado Estado Portaliano, como también en la gestación del actual orden institucional, engendrado durante el período dictatorial encabezado por Augusto Pinochet Ugarte. ¿Por qué la revisión de estos procesos históricos?

En primer lugar, ambos períodos estuvieron marcados por la violencia hacia  la mayoría de la sociedad y su exclusión por parte de una clase hegemónica, contribuyendo así a generar una división tajante entre lo público (Estado) y lo privado (sociedad civil), en la cual la sociedad civil fue expulsada del ámbito público, y por tanto, de la construcción de un Estado que permitiera velar por los intereses –económicos, políticos y sociales– de la mayoría de la sociedad chilena. En segundo lugar, se entiende que examinar de manera comparada ambos procesos socio-históricos (y no sólo políticos), puede contribuir a entender el pasado reciente del país, permitiendo dilucidar el nudo problemático de la (¿aparente?) legitimidad del orden económico, político y social posterior a ambos períodos. Dilucidar esta tensión, hoy en día y desde la perspectiva de la legitimidad, permite poner en cuestión la última construcción  nacional de corte neoliberal, originada desde el seno de la Dictadura cívico-militar en Chile (1973-1989). Asimismo, parece pertinente el análisis sociológico-histórico comparativo enfocado en estos dos períodos de la historia de Chile, ya que luego de estas etapas marcadas por la violencia y la disputa de proyectos contrapuestos de construcción de Estado, se configuró un ordenamiento nacional aparentemente democrático y legítimo, pero plagado de vicios y mecanismos que impiden la superación de aquellas originales situaciones de dominación.

En ese sentido, el análisis del período constituyente de 1833 proporcionará las bases para plantear una poco reconocida continuidad en la historia del país, pues es preciso comprender que en ambos procesos históricos se encontrarán, por un lado, dinámicas de represión, violencia y asesinato, y por otro, la ascendencia y/o consolidación de una clase hegemónica que, acaparando estos procesos de construcción de Estado, excluirá y al mismo tiempo forzará al resto de la sociedad a orientarse hacia un modelo económico, político y social que responde a sus propios intereses, originando aquella contradicción (o “falsa conciencia”) indicada por Carlos Marx y Federico Engels, en la que el interés particular de una clase se confunde con el interés común, determinando una concepción ideológica de la sociedad[2].

Si se considera un contexto amplio, es posible asistir en el pasado reciente a diferentes manifestaciones colectivas que dan cuenta de un agotamiento de la institucionalidad política para resolver (o acallar) las demandas sociales en torno al ordenamiento económico, social y político nacional. Se propone que manifestaciones sociales como las del movimiento estudiantil del año 2006 y del año 2011, las movilizaciones por el tema ambiental en torno a las represas (Hidroaysén) y movimientos de índole más local como los de Aysén, Freirina o Tocopilla, no pueden ser observadas de manera aislada, sino reconociendo en todas ellas el sentido ya mencionado[3]. En fuerte relación con estos movimientos sociales que, desde la calle y desde abajo han puesto en tensión la representatividad de la democracia nacional, en un año de elecciones, la respuesta de la clase política no se ha hecho esperar, ofreciendo respuestas orientadas hacia la reforma de aspectos cruciales de la sociedad, como por ejemplo: una reforma tributaria (dimensión económica), reformas en el ámbito de la educación (ámbito social) y reformas tanto a la constitución como al sistema binominal (dimensión política).

Si a lo ya mencionado se añade que en el presente año se cumplieron 40 años desde el Golpe de Estado de 1973, puede afirmarse que nos encontramos en un contexto de revisión colectiva de la historia reciente del país. A 40 años del Golpe cívico-militar, se pudo asistir a la realización de un ejercicio de memoria tanto a nivel público –programas en los medios masivos de comunicación relativos al tema– como privado –como la familia y otros ambientes cotidianos en los que se desenvuelve cada persona–, que sin duda buscan orientarse hacia la solución de aquellos nudos problemáticos que tensionan y dividen a la sociedad chilena. En ese sentido, la revisión sociológica histórica cobra un sentido social, pues al articularse con planos que trascienden la vida emocional (individual) de las personas, y relacionarse con los aspectos económicos, políticos y sociales que dieron forma al período histórico iniciado en la década de 1970, prolongado hasta la actualidad, se convierte en expresión de la necesidad de un ejercicio colectivo que permita observar de manera crítica el modelo económico, político y social construido durante el período de diecisiete años que duró la dictadura cívico-militar de Augusto Pinochet y que, en gran medida, se ha proyectado hacia el presente.

Es por ello que, en el contexto histórico social del presente trabajo, el análisis sociológico e histórico cobra relevancia y necesidad, siempre que se oriente al servicio de esa revisión histórica, posibilitando la comprensión del período en cuestión y contribuyendo, desde su conocimiento específico, a comprender cómo se dio la articulación entre los diferentes grupos sociales, tanto en lo económico, como en lo político y social.

Para llevar a cabo la reflexión propuesta, encarando el problema de investigación ya presentado, es necesario definir una hipótesis de trabajo que oriente la siguiente argumentación[4]. Proponemos que, en los procesos históricos que se analizarán es posible encontrar una continuidad en torno a elementos económicos, políticos y sociales relacionados con la hegemonía de una clase dominante que, acaparando el Estado, ha impuesto su proyecto histórico al resto de la sociedad de manera violenta. Con esta hipótesis planteada, el trabajo estará guiado por el objetivo general de realizar un análisis comparativo de los procesos constituyentes de 1833 y 1981, poniendo énfasis en la continuidad de características que presentan ambos períodos, especialmente aquellas referidas a la legitimidad del orden instaurado, siendo las dimensiones específicas de este objetivo la caracterización del marco histórico –económico, político y social- donde se configuró el orden nacional establecido, tanto por el Estado Portaliano (1829-1833), como por el Estado Neoliberal (1973-1981),  y el análisis de los principales productos políticos de ambos períodos, a saber: las constituciones políticas de 1833 y 1981.

En cuanto a la metodología de investigación, emplearemos el método histórico, entendiendo éste como el estudio de los eventos, procesos e instituciones de la sociedad con el fin de “explorar en lo posible la variedad de instancias que hayan podido influir, condicionar o determinar el fenómeno que se trae entre manos[5]. Teniendo en cuenta que la sociología trabaja con un objeto de conocimiento, la realidad social, que es esencialmente histórico, se vuelve necesario que los sociólogos se interroguen, e interroguen “a la realidad social, acerca del cursus sufrido por aquello que se estudia, sobre cómo ha llegado a ser como es, e incluso porqué ha llegado a serlo.”[6] Es por ello que se elaborará una reflexión en base a dos métodos específicos, empleados de manera articulada. En primer lugar, la revisión crítica de fuentes bibliográficas de análisis teórico, sociológico e histórico, con el objetivo de identificar y poner en tensión las diferentes visiones que se han construido en torno a los procesos socio-históricos del país, descritos en los objetivos de la presente investigación, y entender el nexo existente entre ambos. En segundo lugar, el análisis documental de las constituciones emanadas de ambos períodos, entendiendo que ellas serían un reflejo de las características del mismo, por lo que también allí se podrían encontrar claves que apunten hacia los objetivos de investigación expuestos.

Para llevar a cabo el análisis comparativo de las constituciones respectivas a cada uno de los períodos, se emplearán cinco dimensiones[7], a saber:

  1. Preámbulo: parte introductoria en que se entregan antecedentes y razones por las cuales el Poder Constituyente establece la Constitución.
  2. Parte dogmática: en ella se establecen los valores y principios básicos, los derechos y garantías constitucionales.
  3. Parte orgánica: expresa la forma jurídica del Estado, la forma de Gobierno, Poderes del Estado, órganos estatales, las relaciones entre ellos y sus respectivas competencias.
  4. Procedimiento de reforma de la Constitución: aquí se indican los órganos, procedimientos y quórum requeridos para modificar la Constitución.
  5. Disposiciones transitorias: son normas que tienen como finalidad facilitar el paso de un ordenamiento jurídico regido por determinadas normas constitucionales a otro ordenamiento constitucional.

I. Período Constituyente de 1833: Continuidad del orden colonial en un Estado políticamente hermético al servicio de la oligarquía mercantil.
Consolidación de la hegemonía del capital mercantil y dependencia de la economía nacional respecto al mercado mundial

Siguiendo la argumentación de Salazar[8] es necesario precisar que desde 1687, la economía chilena comenzó a recibir de manera sostenida distintos estímulos provenientes del mercado mundial: primero “fue la demanda peruana por trigo y harina chilenos (…) Después, fueron los barcos franceses, ingleses y holandeses que, legal o ilegalmente, comenzaron a llegar en número creciente desde mediados del siglo XVII hasta convertirse en una avalancha desde comienzos del siglo XIX.

Luego del proceso de independencia, se hace evidente en gran parte del territorio latinoamericano en general y chileno en particular, una ampliación del mercado externo[9], con la consecuente apertura del mercado chileno que – hasta antes de la independencia – había estado protegido de diversos modos, hacia el mercado universal. “El viejo mercado virreinal, sin perder vigencia, fue así rebasado en todas sus fronteras por la aparición frenética del mercado mundial.[10]. Es así que, con la apertura del mercado virreinal, se inicia un acelerado incremento en las exportaciones de trigo, cobre y plata así como (producto de la apertura de las fronteras mercantiles) una masiva importación de manufacturas de consumo inmediato, proceso que no hizo sino exacerbar una característica de la economía chilena, asociada a la hegemonía del capital mercantil, que explicamos a continuación. No podría entenderse el devenir económico de nuestro país, sin considerar que el ciclo básico de la acumulación reproductiva, propia del capitalismo industrial[11], aquí no se daba, pues las condiciones históricas no lo permitían. Mientras hacia el exterior, el mercado intercolonial había asegurado la circulación simple (Mercancía-Dinero-Mercancía) propia de una economía mercantil, puertas adentro, en el territorio nacional, más que la libre compra y venta de factores y medios de producción, predominaban prácticas pre capitalistas de acumulación[12], lo que implicaba la “no inversión de dinero mercantil en el desarrollo de los factores y medios de producción.”[13] Producto de este devenir, el mercado nacional nunca logró adquirir un dinamismo propio, ni una relativa autonomía respecto a los influjos del mercado internacional.

Esa situación, fue la que selló el destino de los productores nacionales, que no pudieron resistir el embate de mercancías que entrarían de la mano del capital mercantil internacional - incrementando la producción y bajando costos gracias al empleo de medios de producción más novedosos y avanzados - sino mediante la desmonetarización de los salarios, imposibilitando aún más la existencia de una fuerza de trabajo libre en forma mercancía, y consumiendo cada vez más recursos naturales.

En este sentido, al considerar el modo de producción mercantil hegemónico en el Chile de principios de siglo XIX, no llega a sorprender que la explosiva apertura del mercado nacional, reforzó de tal forma esta lógica económica, al punto que “los intereses de la Patria, el Estado y la geopolítica del Ejército se identificaron con ese tipo de capital y no con los intereses productivos que estaban oprimidos y sofocados en el mercado interno[14].

Con esta argumentación no se busca establecer una suerte de mecanicismo económico que determine de manera unilateral la construcción de sociedad y Estado de principios de siglo XIX; es por ello que en las páginas siguientes se examinarán las principales características políticas y sociales de la sociedad chilena del primer tercio del siglo XIX, comprendiendo que para la transformación social - o su continuidad - es decisiva la actuación de los principales grupos y fuerzas que históricamente se fueron conformando dentro de la sociedad chilena.

Desde esta perspectiva puede comprenderse que , cuando Chile logra romper el lazo (o pacto) colonial[15], alcanzando la emancipación política respecto de la corona de España y abriéndose los mercados al influjo internacional (especialmente de Inglaterra), la construcción económica, política y social que se gesta en aquél proceso, “tiene como sostén social al grupo de productores nacionales, que por el crecimiento de su base económica –crecimiento ya dado en la situación colonial- estaban en condiciones de suscitar un nuevo acuerdo entre las distintas fuerzas sociales[16], logrando en este proceso histórico, sino un dominio absoluto, al menos una posición hegemónica relativa.

En los siguientes acápites se intentará dejar manifiesta esta relación articulada entre las dimensiones económica, política y social, intentando encontrar –como lo plantean Cardoso y Faletto, en su ya clásica obra para la sociología latinoamericana “Dependencia y Desarrollo”- el punto de intersección donde se vincule lo económico, lo político y lo social ya que “a través del proceso político, una clase o grupo económico intenta establecer un sistema de relaciones sociales que le permitan imponer al conjunto de la sociedad un modo de producción propio, o por lo menos intenta establecer alianzas o subordinar al resto de los grupos o clases con el fin de desarrollar una forma económica compatible con sus intereses objetivos.[17]
Tradiciones políticas y proyectos Estatales opuestos, asambleas constitucionales y golpe de Estado
Ante todo, para poder comprender el ambiente político en el cual se desenvolvió la redacción de la constitución de 1833, es necesario hacer una breve caracterización de los períodos históricos precedentes. De acuerdo a Gabriel Salazar, el Chile de inicios del siglo XIX estaba marcado por la existencia de dos grupos caracterizados por visiones y tradiciones políticas muy diferentes: una nueva aristocracia colonial de tradición política centralista, universalista y aristocrática, y una gran masa de población con una memoria histórica enraizada en una tradición de organización política participativa, local y popular.

De este modo, una vez resueltas las guerras de independencia, los actores sociales de la nueva república se enfrentaron al desafío de construir un nuevo modelo de organización política. En este proceso emergieron distintos proyectos de construcción de Estado, que respondieron a diveros idearios, intereses y circunstancias políticas. Es por ello que el período inmediatamente anterior a la redacción e implementación de la constitución de 1833 destaca por ser un período de crisis de los ordenamientos políticos y sociales  existentes durante el período colonial.

Ha de considerarse que sólo dos décadas antes, Chile había logrado la independencia. El gobierno de O’Higgins fue ejemplo de la tensión entre los dos grupos antes mencionados: si bien constituía un proyecto de gobierno que favorecía en gran medida a la aristocracia, su reticencia a cooperar con ésta y la abolición de los mayorazgos fueron elementos lo suficientemente perjudiciales a ella como para que se buscara rápidamente su salida del gobierno.

A partir de 1823, tras la “abdicación” de O’Higgins y el ingreso del general Ramón Freire, se dieron varios intentos por redactar una Constitución nueva para el país. Estos intentos se materializaron en una serie de asambleas constituyentes: una en 1823, otra en 1824, otra en 1826, y finalmente una en 1828. Estos esfuerzos por redactar el documento se vieron frustrados muy a menudo. Sergio Villalobos indica que esto se debió a que ninguna de las constituciones redactadas fueron adecuadas para el país, y que por eso se decidió una y otra vez volver a redactarlas[18]; mientras Gabriel Salazar, por su parte, indica que los esfuerzos de Freire por llevar a cabo procesos participativos en torno a los cuales se pudiese redactar la constitución se vieron frustrados de manera consistente por parte de la aristocracia Santiaguina[19]. En cualquier caso, el último producto de estas asambleas fue la Constitución de 1828, la cual tuvo un corte marcadamente liberal.

Pero, ¿qué significaba ser liberal o conservador en este contexto? Ante todo, se vuelve necesario destacar que la oposición conservadurismo/liberalismo puede interpretarse como una extensión de la oposición entre los dos grupos y tradiciones políticas existentes en el país. Sin embargo, los conflictos de índole ideológica frecuentemente encubrían algo bastante más simple: una pugna entre distintos grupos aristocráticos por detentar el poder político y económico[20]. Esto no quiere decir que la tradición política existente en los grupos populares de Chile fuera olvidada: tras doce años de inactividad durante el gobierno de O’Higgins, estas asambleas volvieron a constituirse, esta vez bajo el alero de Ramón Freire, liberal manifiesto.

Por tanto, en el plano político puede observarse la existencia de dos grandes grupos, y una subdivisión en uno de ellos: por un lado tenemos a la aristocracia, -en palabras de Carlos Ruiz, la oligarquía; en palabras de Gabriel Salazar, el patriciado santiaguino- detentores de los restos de poder político proveniente la burocracia monárquica y del poder productivo-mercantil. Sin embargo, este grupo se encontraba dividido, ya no por razones materiales, sino más bien por razones ideológicas o morales, entre aquellos que apoyaban las premisas liberales y aquellos más bien conservadores.  Por el otro lado, encontramos a la gran mayoría de la población, de tradición política liberal y de representación popular.[21]

No es de extrañarse que la Constitución de 1828 -tras un estratégico desplazamiento de lugar de redacción desde Santiago a Valparaíso[22]- fuese aceptada e implementada, ya que contaba con el apoyo de más de dos tercios de la población. Es relevante notar que ésta abolió una vez más los mayorazgos, lo cual era un golpe directo a la aristocracia conservadora. El apoyo del grueso de la población a Freire, además de la lealtad del ejército nacional hacia él, tornaba prácticamente imposible para la aristocracia el tratar de imponer su propio proyecto constitucional, por lo que por medio de la contratación de un ejército mercenario, la adscripción de generales del ejército que fuesen conservadores y la desorganización de las tropas de Freire, los grupos opositores al gobierno, con Diego Portales a la cabeza, lograron asestar un golpe de Estado en 1829.

La Constitución de 1833 se promulgó cuatro años después del golpe de Estado, siendo redactada por representantes de la aristocracia conservadora que apoyaban a Portales. Previo a este período se gobernó de igual manera con la Constitución de 1828, pero interpretada para adecuarse a los intereses de la aristocracia dominante, buscando silenciar y castigar duramente a aquellos individuos que pudiesen formar parte de la oposición, fuesen aristócratas o no. Es en un ambiente de gobierno dominado absolutamente –desde la extrainstitucionalidad- por el ministro y mercader Diego Portales, que esta Constitución sale a la luz, lo cual es reconocido de manera prácticamente general por la historiografía chilena[23]
Caracterización de la clase hegemónica y las consecuencias sociales de sus mecanismos originarios de acumulación
El sector social que detentó el poder económico, político y social a inicios del siglo XIX hunde sus raíces en el último período del Chile colonial. Durante el siglo XVIII una ola migratoria compuesta principalmente por vascos y catalanes, dio pie a la constitución del grupo que detentó una hegemonía en todos los ámbitos del contexto de producción de la Constitución estudiada. Su raigambre económica, más rica que la de los primeros colonizadores, incluía el desarrollo del comercio y la navegación, además de pequeñas fortunas que buscarían ampliar ya fuera actuando como mercaderes o hacendados. Este grupo comenzó a ascender junto con el incremento de las exportaciones de trigo y cobre a Perú, durante el siglo XVIII, y logró su apogeo a mediados del siglo XIX. Su ascenso no estuvo marcado ni por un carácter innovador ni por la reinversión de capital dinero; más bien descansó sobre mecanismos de acumulación originarios[24], sin establecer una marcada diferencia con lo desarrollado desde el siglo XVI. Sin embargo, este grupo: la aristocracia castellano-vasca, constituye la principal base fundante de la clase dirigente chilena, concebida hacia el siglo XIX como una oligarquía-mercantil.

Las caracterizaciones ligadas a la historia oficial, en este aspecto, relevan a la hacienda como principal núcleo del ascenso económico y político de la oligarquía mercantil: “su riqueza provenía de la posesión de grandes latifundios, que le daban todo el carácter de un grupo terrateniente […]. Las fortunas de la agricultura se incrementaron con la exportación de trigo y otros productos al Perú, California y Australia[25]. Sin embargo, este grupo que inicialmente empleó la hacienda como su principal unidad productiva, ligándose estrechamente al comercio exterior, tuvo como límite la incapacidad de controlar todo el transporte y almacenamiento de sus mercancías, lo que no le permitió maximizar su cuota de ganancia y llevó su atención hacia los flujos económicos internos: la habilitación mercantil (realizada principalmente a costa de los mineros), la extracción monetaria (intereses abusivos a quien necesitara crédito), el uso de monedas locales o entrega de “señas” al antojo del comerciante en perjuicio del comprador y del sistema monetario, la apropiación de recursos fiscales y finalmente, la gestión política (favores políticos, “coimas”, etc.)[26]. Convirtiéndose estos elementos en los mecanismos de acumulación originaria que posibilitaron a la aristocracia castellano-vasca incrementar su cuota de ganancia y acumulación a un nivel que la hacienda no permitía[27].

En cuanto al despliegue de su poder político y dominación sobre otros grupos sociales, Villalobos destaca que la posesión de la tierra les permitió ejercer poder sobre los campesinos de las haciendas, “de tal manera que el patrón era una especie de autoridad que se imponía por sí misma, sin medidas violentas[28]. Sin embargo, teniendo en cuenta las relaciones productivas establecidas por la aristocracia, los mecanismos de acumulación mencionados significaban la perpetuación de una relación de dependencia y abuso por parte del patrón. Tal como ha estudiado Salazar, en el caso del inquilinaje, esto consistió en el arrendamiento de retazos de hacienda a quienes quisieran convertirse en cosechadores, concretando de esta manera la expoliación propia del modo de producción capitalista, entre otros mecanismos[29].

De esta manera, más que enfocarse en el desarrollo de los procesos productivos, este grupo hegemónico se centró en el control del comercio exterior y la gestión política necesaria para mantenerlo[30]. Este rasgo se suma a la caracterización sociocultural de esta oligarquía mercantil que la lleva a ser reconocida como la «aristocracia» castellano-vasca. Respecto a esto último, cabe destacar que su riqueza era acumulada como patrimonio familiar a través del mayorazgo, lo que impedía su división en el tiempo, y por lo tanto, sólo posibilitaba su incremento. Este factor otorgó centralidad a los intereses económicos, sociales y políticos en la lógica familiar, cobrando gran importancia el fundador de la riqueza como el “patriarca”, así como el mecanismo para formar alianzas de carácter económico-político: el matrimonio. El prestigio de la familia patricia recaía en el volumen de su acumulación dineraria y en su posicionamiento en la escala social y aparato administrativo, el cual era alcanzado principalmente gracias a la compra de títulos de nobleza y la fusión de riquezas, prestigios y honor, a través de alianzas matrimoniales.

Constituía además, una clase dirigente con miras al exterior, su identidad social y cultural se unía con lo hispánico en un principio, y luego con lo anglo-francés, sin asumir su origen criollo y nacional. Su plena identificación con Europa, además, la llevó a mantener una relación librecambista con el Viejo Continente[31]. Su sentimiento aristocrático, que buscaba el mantenimiento del honor y el privilegio, no contribuyó a integrar a la masa plebeya, sino que ésta fue concebida como un enemigo interno. Sumado a esto, se encuentra su desprecio al sistema educacional chileno, y su tendencia conservadora, y católica, así como la constante búsqueda de relacionarse con la nobleza europea.

En consecuencia, esta clase dirigente administraba pensando en otros países y se extrañaba de su propio territorio. Dando lugar a una conjunción de intereses en que lo económico-político se aloja en Chile, pues los mecanismos de acumulación permiten incrementar las riquezas grandiosamente (la dimensión oligárquica-mercantil) y lo social-cultural (la dimensión aristocrática), se aloja fuera, en Europa, aunque lo hace como un todo idealizado que se intenta reproducir en la arquitectura urbana y sobre todo en la educación, (testimonio de esto son los viajes larguísimos por el Viejo Mundo que los convertían en personas “de mundo” y educadas, pero no necesariamente académicas).
La constitución política de 1833: Primer quiebre hacia una historia de exclusión social y hermetismo político
En función de las dimensiones de análisis ya propuestas se seleccionaron extractos relevantes de este documento, en función de los objetivos de la investigación y de la caracterización previa del período histórico. Los extractos seleccionados corresponden a expresiones que marcan un quiebre con el orden constitucional definido anteriormente, y especialmente con la Constitución de 1828; reflejando rasgos esenciales de la clase dirigente conservadora de la época en cuanto a la búsqueda de perpetuar su influencia política y el crecimiento de su patrimonio, sus valores y costumbres ligadas estrechamente a lo religioso y, finalmente, son expresión de su concepción de poder que da lugar a un Estado centralizado, jerárquico y autoritario.

Después del triunfo político y militar de los conservadores en 1830, en 1831 se aprobó una ley que convocó a una Gran Convención para reformar la Constitución de 1828. Esta instancia, como muestra el Preámbulo, lejos de realizar una reforma, buscó la redacción de una nueva Constitución: “[...] que quedando sin efecto todas las disposiciones allí contenidas [en la Constitución de 1828], sólo la siguiente es la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE.”. Sin embargo, a pesar del rechazo al documento precedente, éste logra ser una fuente para la Constitución de 1833.

Dentro de la dimensión dogmática, se conserva el Art. 5º sobre la religión, que refleja la predominancia de los valores y la moral promovidos por la élite en general, y que efectivamente dentro de ésta no existe una oposición radical en todos los ámbitos ya sean éstos ideológicos, morales o económicos. Por su parte, en la definición de la nacionalidad chilena, se destacan las condiciones para los extranjeros que deseen avecindarse en el país: es una exigencia la posesión de alguna propiedad o capital y el ejercer una profesión, sin embargo, el tiempo de residencia requerido va disminuyendo según qué tan ligados se encuentren familiarmente a la sociedad chilena. En la caracterización histórica del período se ha destacado la importancia del matrimonio como mecanismo de formación de alianzas político-económicas y fusión de patrimonios; según esta Constitución un extranjero que se encuentre casado con una mujer chilena (sin prescindir de la exigencia de una propiedad, capital o profesión), es quien puede nacionalizarse en con el tiempo más corto de residencia: reduciéndose el mismo de diez a tres años.

En cuanto al derecho a sufragio, la Constitución establece exigencias de propiedad o capital invertido, con una magnitud definida por ley, o el ejercicio de una profesión, o goce de alguna renta, que guarden proporción con la magnitud definida para la primera exigencia. El círculo de ciudadanos finalmente es reducido a quienes cumplieran con la magnitud preestablecida, con indiferencia de las condiciones más democráticas establecidas en 1828 que no requerían una determinada magnitud de capital, renta, o propiedad, entre otros. Se mantiene entonces el sufragio censitario, que además de restringirse a quienes supieran leer (y la edad según si se estuviese casado o no) establece condiciones económicas más excluyentes que en 1828, expresando así un claro vínculo con la hegemonía del capital mercantil. El artículo 9º supone el problema de que una vez obtenido el derecho a sufragio, éste no es absoluto o permanente, se encuentra sometido a calificación, lo que significa un cambio constante en la población de electores: ya fuera por cambios en su condición de ciudadanos o por la apertura de oportunidades para el manejo electoral, posibilitando el riesgo de practicar la entrega de boleto de calificación arbitrariamente, según intereses políticos particulares.

Entre las garantías constitucionales se encuentra “la igualdad ante la lei. En Chile no hai clase privilegiada”, lo que resalta de sobremanera el cierre social que posteriormente se establece en la Constitución para otros grupos sociales, que no están en condición de ser ciudadanos y menos aún para ser parte del Congreso o participar políticamente. Seguidamente, el artículo 3º sobre la igual repartición de impuestos y contribuciones, se estrella con las prácticas habituales de la clase dirigente: la gestión política y la privatización del cobro de impuestos que permitieron la apropiación de fondos estatales, claramente no constituyen actos transparentes en concordancia con lo establecido constitucionalmente. Más aún, la exclusión que propicia el documento de 1833, evita el encuentro entre distintos grupos que pudieran acusar las malas prácticas o simplemente contribuir a actuar como dictase la Constitución.

Dentro de la dimensión orgánica, se define una forma de gobierno popular representativa, y se plantea que la soberanía reside en la Nación, la cual delega su ejercicio a las autoridades definidas constitucionalmente: una vez más se detecta el carácter inocuo que se intenta dar al documento, en cuanto a la inclusión sólo de la élite y los más cercanos a ella en materia de decisiones políticas y gobierno en general. Así, para poder ingresar al Congreso, ambas cámaras cuentan con condiciones económicas adicionales a las necesarias para ser ciudadano: los Diputados debían reportar rentas de quinientos pesos, y los Senadores, sumas de dos mil pesos. En este caso, también se especifica que los Diputados pueden ser reelegidos indefinidamente (“renovándose” totalmente la Cámara cada tres años) y que el Senado se renovaría por tercios, permaneciendo cada Senador nueve años en su cargo, lo que contribuye a mantener el status quo dentro del poder legislativo. Se mantiene reducida la posibilidad de incluir otras facciones de la élite, sobre todo si eran opositoras a los conservadores, facilitando la reunión de un grupo con determinados intereses comunes en el poder legislativo. Los artículos 25 y 26 (sobre la elección de Senadores), sólo contribuyen a la exclusividad del Congreso y la primacía de un solo grupo. Es más, los artículos 13 a 17 contribuyen a hacer que los senadores y diputados sean prácticamente inmunes a la persecución legal por haber cometido algún tipo de delito, a menos que hayan sido encontrados in fraganti cometiendo dicho delito, a diferencia de la constitución de 1828, que establece que pueden ser perseguidos siempre y cuando no se encuentren ejerciendo su labor como miembros del congreso.

En tanto la Constitución permite al Congreso aprobar o reprobar anualmente la cuenta de la inversión de los fondos destinados para los gastos de la administración pública y fijar el peso, ley, valor, tipo y denominación de las monedas y arreglar el sistema de pesos y medidas, el control económico conferido a ambas Cámaras se suma al que ya poseen sus integrantes como miembros de la clase dirigente -que practican los mecanismos de acumulación originarios explicitados anteriormente- lo que sin duda puede oponer resistencia a los intentos de modernización y racionalización del sistema monetario, por los efectos negativos que podrían significar para el incremento de su riqueza. De hecho, como señala Salazar “el conjunto de estos mecanismos operó como un poder fáctico, no constitucional, que […] frenó la modernización estructural de Chile […]”[32]  El capítulo IX, sobre el gobierno y la administración interior da cuenta de una concepción del poder jerárquica y altamente centralizada en la figura del Presidente (pues es él quien selecciona a Intendentes y Gobernadores), quien podía ser reelecto inmediatamente tras finalizar su mandato. Así, queda reducida la autonomía de los gobiernos locales y las municipalidades, ya que cualquier iniciativa debía ser revisada por subdelegados o el Gobernador correspondiente (y desde ahí ascendiendo en la burocracia centralista).

El artículo 159, que señala que “ninguna persona o reunión de personas puede tomar el título o representación del pueblo, arrogarse sus derechos ni hacer peticiones a su nombre. La infracción de este artículo es sedición”, tiene directa relación con la completa delegación del poder a las autoridades establecidas por la Constitución y con la reducción de la autonomía de las localidades. Es una de las rupturas con la Constitución de 1828 que mantiene la Asamblea como forma legítima de organización. Otra importante ruptura es la que dicta el artículo 162, el cual restablece los mayorazgos abolidos en 1828: es el intento por mantener el orden tradicional, la indivisibilidad del patrimonio familiar, la capacidad de continuar con los mecanismos originarios de acumulación, la oportunidad de manejo electoral y el control de los mercados externos, todo esto restringido únicamente a las élites.
En cuanto a la reforma a la Constitución, la iniciativa debe provenir del Senado, acentuando el carácter elitario de las decisiones gubernamentales, en primer lugar por lo exclusivos que son (económica y socialmente) sus miembros, y por la incapacidad de otros grupos o localidades de manifestarse (por vías constitucionales) al respecto (artículos 4 y 159).

Finalmente, la Constitución de 1833, en sus disposiciones transitorias, busca reemplazar totalmente a los miembros del gobierno elegidos según el documento de 1828, con el fin de imponer este orden, mucho más cerrado en favor de la clase dirigente, con la menor cantidad de obstáculos posibles: es la eliminación de los liberales del gobierno, por vías constitucionales.
Un orden oligárquico constante, asegurado políticamente en la Constitución de 1833
Hecha ya la caracterización histórica del período y el análisis de la Constitución política que resulta del mismo, puede concluirse que la construcción de Estado en este período, más que representar una ruptura radical con el orden tradicional, significó una porfiada continuidad del orden -económico, político y social- heredado de la época colonial; “es más, en la medida en que los poseedores del poder estatal provenían enteramente de esta misma elite, es razonable hablar de un orden político oligárquico que se mantiene constante.[33] Lo que para este análisis cobra más relevancia es el nacimiento de un Estado ampliamente mitificado por la historiografía oficial, pues el Estado nunca fue la manifestación de la voluntad soberana del pueblo de Chile, sino un instrumento al servicio de la élite económica de la época, y por lo tanto, un Estado que podría denominarse “hermético” frente al influjo de otras fuerzas sociales que no se correspondieran con los valores e intereses de la élite económica, política y social chilena. Para desmitificar entonces esta época de construcción de Estado, es necesario, como se ha hecho, incluir en el análisis los intereses y valores que -en una perspectiva histórica- han orientado los procesos históricos de nuestro país, para que este deje de presentarse “como resultado de factores  «naturales» –esto es, independientes de las alternativas históricas- y se” perfile entonces, “como un proceso que en las tensiones entre grupos con intereses y orientaciones divergentes encuentra el filtro por el que han de pasar los influjos meramente económicos[34]

Si bien luego de las declaraciones de Independencia se abrieron períodos algo caóticos en el aspecto institucional en casi todos los países de América Latina, estos deben entenderse como una fase de luchas y tensiones entre los grupos hegemónicos locales, donde se establecieron las alianzas sociales necesarias para afianzar el control del sector productivo, delimitar los mercados nacionales y los límites territoriales donde se consolidaría la hegemonía de la élite social ya caracterizada; el carácter de la construcción nacional que resulta de este proceso se comprende cuando concebimos a los “grupos de exportadores –plantadores, mineros, comerciantes y banqueros- ejerciendo un papel vital entre la economía central y los ‘tradicionales’ sectores agropecuarios. Ese sistema quedaría puesto de manifiesto a través de las funciones del aparato estatal, donde se hace evidente el pacto entre los grupos dominantes de cuño modernizador y los grupos dominantes de cariz tradicional, con lo que se evidencia la ambigüedad de las instituciones políticas nacionales.[35] Las que siempre reflejarán una doble orientación: “la de los grupos ‘modernizadores’ a que da origen el propio sistema económico exportador y la de los intereses oligárquicos regionales; estos últimos suelen oponerse a que el paternalismo dominante se transforme en un burocratismo más eficaz.[36]

Es importante recalcar que a través de todo el siglo XIX se construyó, de manera constante, una identidad de clase que diferenciaba simbólicamente -de manera radical- a la élite del resto de la sociedad. Una identidad en la cual destacaba la adquisición de patrones y costumbres culturales importadas a través de viajes a Europa, reflejadas en el consumo, la moda, la arquitectura etc. Además “utilizando al Estado y con ocasión de guerras y crisis, la misma elite creó las primeras versiones discursivas de la identidad nacional que fueron capaces de integrar amplios sectores de la sociedad en un sentido de «comunidad imaginada»[37], imponiendo una amplia serie de mitos fundacionales[38], que a través de la perspectiva de análisis aquí propuesta, se pretende develar.
II. Período constituyente de 1980: Sobre la destrucción de la democracia plena en defensa de los privilegios de la clase política y la oligarquía mercantil
Reapertura hacia el mercado exterior, privatizaciones e inflación: la sofisticación de los mecanismos de apropiación de plusvalía absoluta.
Para comprender las características económicas del período constituyente de la década de 1980, es preciso referirse a los elementos previos que caracterizaron económicamente a nuestro país, luego del decaimiento de los conglomerados europeos (merchant-bankers) hacia 1938.

Se hace necesario señalar una característica que no hace sino remarcar la porfiada continuidad “librecambista” de la economía chilena, esto es, que los políticos “desarrollistas”, que tomaron la posta del liderazgo de la economía, desde finales de la década de 1930, formados “en la escuela de la gran tradición […] patriarcal del conglomerado mercantil, no dudaron jamás sobre que la ‘tecnología se importa’ [39]. Es así que, a pesar, de las barreras aduaneras que se levantaron para proteger la industria productora de bienes de consumo (sistema I.S.I.), a pesar de la creación de industrias estatales para la producción de insumos indispensables para el desarrollo industrial (Compañía de Aceros del Pacífico, Empresa Nacional de Petróleo, Empresa Nacional De Electricidad S.A., por ejemplificar algunas), al bajar las barreras para la libre entrada de medios de producción producidos en los mercados extranjeros, no hicieron sino cancelar cualquier iniciativa nacional de producción de medios de producción;siendo esta la principal carencia (histórica) de la economía nacional y del desarrollo del capitalismo en Chile.

Cabe agregar que, tras la debacle del conglomerado comercial europeo que desde el ámbito económico externo, dominaba a la economía chilena, producto de la crisis de 1929 y la destrucción de Europa entre 1939 y 1945, Estados Unidos “se convirtió no por opción, sino por la fuerza de los hechos en el único conglomerado mercantil de reemplazo para el huérfano capitalismo chileno[40], capaz de comprar sus materias primas proporcionándole el necesario circulante que se requería para la importación de medios de producción, otorgándole así, al gigante norteamericano, el poder necesario para imponer condiciones económicas, e incluso políticas radicalmente distintas a la “orientación desarrollista” del anterior conglomerado europeo.

A esta dependencia del capital externo para la sustentabilidad de la economía nacional –que ninguno de los desarrollistas se atrevió a romper - debe agregarse otro factor, que sería determinante en la crisis económica, política y social que se desencadenaría a principios de la década de 1970: la inflación.

Este problema fue asumido, por las administraciones de Frei Montalva y luego por Salvador Allende desde una perspectiva claramente keynesiana y cepalina que permitiría superar la dolencia histórica de la economía chilena incentivando la demanda sobre los bienes de consumo, lo que incentivaría a su vez la actividad productiva, aumentando la demanda sobre medios de producción y absorbiendo el exceso de circulante, estabilizando en consecuencia, el desarrollo; esta estrategia apostaba por “la anulación de la ‘capacidad ociosa’ del sistema productivo y la explosión de una demanda masiva de medios de producción”,[41] demanda que apoyada por la nacionalización (estatización) del cobre – operación que implicaba el peligro de desafiar al conglomerado mercantil estadounidense – permitiría contar con el circulante suficiente para abrochar desde la iniciativa política estatal, los ciclos hasta entonces disociados de la economía chilena y sustentar en el tiempo la vida política del ahora, “nacional populismo”.

Sin embargo, la demanda por medios de producción generada, rebasó ampliamente la capacidad adquisitiva de la economía nacional, disparando a niveles grotescos la inflación, demostrando una vez más su dependencia del capital extranjero; se vislumbró entonces que las consecuencias del desafío al conglomerado económico norteamericano serían implacables: “Frei se encontró, al final de su progresista mandato, enfrentando una espiral inflacionario imparable y un movimiento popular que seguía marcando zonas políticas en rojo. Y Allende, que decidió aplicar la misma estrategia a fondo y trabajar de lleno en zonas rojas, se encontró, desde 1972, que, sin ayuda externa, no tendría ni desarrollo capitalista ni desarrollo socialista, y que Estados Unidos le negaba toda colaboración capitalista, tal como había venido haciendo desde 1949 con toda América Latina”.[42]

Al considerar estos aspectos pueden situarse históricamente las características de la economía chilena y, entonces, indagar en la crisis económica, social y política que abre las puertas para el nacimiento del Estado Neoliberal, comprendiendo que, “cuando se trata de vincular el análisis estrictamente económico con la comprensión del desarrollo político y social” no basta solamente con ahondar en el carácter “de la estructura social dada, sino principalmente en el proceso de su formación, así como de la orientación y tipo de actuación de las fuerzas sociales que presionan por mantenerla o cambiarla[43]. Esto permite entender que la reorientación hacia el mercado externo que, una vez más, se le daría a la economía nacional durante el período dictatorial (1973-1989), no es sino el resultado de un proceso histórico-social, que concluye reinstaurando la hegemonía de los grupos mercantilistas y librecambistas; hegemonía social que encuentra una de sus manifestaciones en la imposición de una nueva constitución política sobre el resto de la sociedad.

Según el historiador Sergio Villalobos el sistema económico chileno, previo a 1973, “era la culminación de una política populista en que la intervención del Estado había llegado a límites exagerados. Una nueva tendencia, diametralmente opuesta, se inició a partir del golpe de Estado”, encabezado por Augusto Pinochet: el neoliberalismo.[44] Un rol crucial jugaron los Chicago boys, economistas chilenos formados en la escuela de economía de la Universidad de Chicago - al alero de las teorías monetaristas elaboradas por Milton Friedman - “que, a falta de planes económicos de los militares, moldearon la política económica del gobierno de Pinochet”.[45]

Una de las primeras características que destacan de este sistema económico, gestado en dictadura, y que es materia de consenso entre historiadores,[46] es la clara tendencia privatizadora: la mayoría de las industrias estatales y los monopolios estatales construidos durante el período “desarrollista” fueron a parar a manos de privados, casi siempre a precios ridículos. “Esto significaba vender (a precio de chatarra militar) empresas y monopolios levantados trabajosamente por empresarios privados y estatales (…) y construir en torno a esas ventas nuevos ‘grupos económicos’[47], una burguesía light, sin memoria, sin historia productiva y sin identidad constructiva, pero con eximio oportunismo especulativo-mercantil.[48] Este proceso permitió a la “burguesía light” definida por Salazar, atraer la inversión de capitales extranjeros, recibir un fuerte influjo de activos frescos, “a la vez que permite las inversiones nacionales en el extranjero”.[49]

Si bien el Estado “conservó la propiedad de los antiguos grandes yacimientos, administrados por CODELCO; (…) entregó a capitales extranjeros varios de los nuevos[50] con el fin de aumentar las exportaciones. Por otro lado se promovieron las “exportaciones no tradicionales” (salmón, harina de pescado, celulosa, frutas, vino etc.) incrementando notablemente la cantidad de circulante disponible para inversión financiera, pero sin modificar el carácter primario exportador de la economía chilena pues se continuó exportando productos de bajo valor agregado.

Con el mismo énfasis, se propició que, en la cara interna de la economía, no hubiera gran masa de circulante, esto restringiendo el gasto público y el volumen de dinero concretado en salarios: “era de importancia fundamental que hubiera ‘poco’ para sueldo y salarios, ya que, si hubiera ‘mucho’ esto incentivaría las expectativas, la organización gremial, la inflación y el movimiento ‘de clase’. Congelando el nivel de salario, se evitaba esto, y a la vez, se aumentaba la plusvalía absoluta y la ganancia neta del empresario”;[51] (Salazar, 2003:154) en este mismo sentido se incentivó al máximo la utilización de créditos de consumo, con el fin de mantener acallada la frustración por los bajos salarios. Por otro lado, “el ‘capital social’ de la plusvalía (o ‘fondos de pensiones’), fue configurado como el gran capital financiero ‘privado’ del capitalismo chileno (AFP, ISAPRES, sobre todo) y como la segunda viga maestra […] de la burguesía light. A partir de ese fondo (en rigor expropiado a los trabajadores) esa burguesía pudo y puede ‘invertir’ en cualquier operación especulativa, dentro o fuera de Chile”[52].

Así, el énfasis económico se puso en el sector primario exportador y en la especulación comercial-financiera, por lo que el tema de la producción o importación de medios de producción no estaba considerado en este modelo, lo que permitió y sigue permitiendo “mantener una significativa actividad primario-exportadora, un modernizado complejo capital financiero, un relativamente bajo nivel de costos productivos y un equilibrio monetario aceptable bajo estándares internacionales. Pero no han integrado, ni integran ni podrán integrar […] los dos ciclos de la acumulación capitalista. No hay reproducción ampliada del capital en Chile[53].

Dicho lo anterior, puede concluirse que el modelo de acumulación neoliberal se centra en la producción de plusvalía absoluta y no relativa[54], con el fin de acumular el máximo circulante posible para convertirlo en “poder financiero” con potencial de inversión, tanto en la economía externa como la interna, reproduciendo una vez más una debilidad histórica de la economía nacional que, sin embargo, como se verá en los siguientes apartados, se erige como piedra angular de la dominación de una clase en específico sobre todo el resto de la sociedad.
Orden y democracia: Vida y muerte de la apertura política 
En el ámbito político, es adecuado mencionar que a partir de 1833 el régimen Portaliano fue cayendo gradualmente en decadencia hasta que en 1925 se proclamó una nueva constitución. Esta fue producto de las crecientes tensiones políticas y sociales observadas a lo largo de las últimas décadas del siglo XIX y principios del siglo XX.

En palabras de Salazar, la tradición política de los pueblos – derrotada a manos del régimen de Portales – volvió a concentrarse una vez más en las asociaciones mutuales de trabajadores y en las combinaciones mancomunales que, a través de diversos medios de manifestación y de movilización, encarnaron gran parte del descontento nacional derivado de la continua crisis económica experimentada a partir de 1873. Finalmente este descontento condujo a que las fuerzas armadas, representadas por jóvenes oficiales, se reconocieran a sí mismas como una entidad con poder político y a que lograran por medio de dos golpes de Estado incruentos, la salida del presidente Arturo Alessandri Palma. Sin embargo, el mismo presidente exiliado tras el primero de ellos regresó a petición de la junta militar provisoria en 1925 para la redacción de una nueva constitución.[55]

La constitución de 1925 otorgó a la esfera política del país una estabilidad sin precedentes en el actuar democrático de la ciudadanía, al ser una constitución liberal. Se llega a decir inclusive que existió estabilidad política en Chile de manera ininterrumpida desde 1925 hasta 1973.[56] Pero, ¿qué tan cierto es esto?

Primero que todo, vale la pena señalar que a partir del período posterior al gobierno del General Carlos Ibáñez del Campo – un gobierno militar muy poco atractivo para toda fuerza política de la época[57]– se procedió a la refundación de los partidos comunista y socialista, añadiéndose éstos a los previamente existentes. De esta forma, se logró conformar en Chile una clase política con una clara distinción entre los distintos bloques: la izquierda, comunista y socialista; la derecha, conservadora; y el centro, demócrata-cristiano.[58]

Es posible considerar esta notable pluralidad de opciones políticas como evidencia definitiva de un ambiente de apertura política[59], pero esto no fue así en efecto. A lo largo del período comprendido entre 1932 y 1967 se realizaron numerosas represiones de manifestaciones populares, y se procedió a un cierre acumulativo de la esfera política a través de la proclamación de las leyes 8.811 y 8.987[60], las cuales terminaron por excluir al campesinado del sistema político, en la primera, y expulsar al partido comunista de éste junto con establecer normativas para preservar la defensa del Estado, en el caso de la segunda[61].

Se observa entonces que políticamente las oligarquías terminan por expulsar del ejercicio político a las clases medias y a las clases populares, construyendo de esta forma un sistema político hermético y exclusivo limitado solamente a la participación de los grupos dominantes.

Fue la promulgación de la reforma constitucional agraria realizada por Eduardo Frei Montalva en 1967 la cual, por primera vez en la historia de Chile, modificó la manera en la cual se entendía política y jurídicamente la propiedad. De esta forma se abría el acceso a la propiedad de las tierras al grueso popular chileno; esto era, claramente, un desafío directo a la propiedad de las oligarquías terratenientes chilenas[62].

Ya para 1970, tras el triunfo de Salvador Allende en las elecciones presidenciales y la consolidación de la Unidad Popular en el gobierno, se procedió a socializar definitivamente las tierras y los medios de producción, así como la nacionalización de los recursos minerales del norte. Es importante destacar que en este período, comprendido entre 1970 y 1973, los procesos de socialización de las tierras se llevaron a cabo a través de tomas, y que el surgimiento en paralelo de grupos paramilitares oficialistas y de la oposición[63] conllevó a una sensación de profundo malestar y caos social.[64]

¿Qué características pueden observarse en 1973, entonces? En primer lugar, una arena política donde se logran reconocer tres proyectos ideológicos bien definidos y excluyentes entre sí, uno de ellos estando en el poder Ejecutivo y los otros dos en fuerte oposición; en segundo lugar, un sistema político que había dividido hasta hace poco a las clases populares de las clases oligárquicas, cuya apertura puso en jaque el derecho de propiedad de estas mismas oligarquías; en tercer lugar, un ambiente de malestar y caos frente al gobierno de Allende; y finalmente, unas fuerzas armadas aún conscientes de su propio poder político.

El 11 de septiembre de 1973 las fuerzas armadas realizaron un golpe de Estado, y tras derrocar el gobierno de Allende se instauró una junta militar de gobierno provisoria encabezada por el General Augusto Pinochet, quien más tarde asumiría el control absoluto del poder. Se declaró estado de sitio hasta 1980, y durante todo este proceso el ejército procedió a perseguir sistemáticamente a todo tipo de oposición o alternativa política a través de organismos creados específicamente para estos propósitos, como la DINA.[65]

Por lo tanto, se constata que para el momento de la redacción de la constitución de 1980, la cual, según Villalobos, “obedeció al deseo de impedir en el futuro situaciones conflictivas y ambiguas como las ocurridas durante el gobierno de la Unidad Popular y asegurar a las fuerzas armadas un papel tutelar sobre la vida política nacional[66], la gran mayoría de los partidos opositores al régimen habían sido clausurados y las demandas y manifestaciones populares estaban siendo reprimidas asimismo, la redacción de esta carta estuvo a manos de “una comisión de juristas y políticos cercanos al gobierno[67]. Tmbiénpuede observarse, de hecho, que una de las primeras medidas tomadas por la junta militar fue la restitución de las tierras expropiadas producto de la reforma agraria, es decir, la restitución del derecho de propiedad privada.[68]

Se observa políticamente, entonces, un proceso de democratización de la esfera política desde un sistema hermético y exclusivo para la clase política – con la existencia de tres proyectos político-ideológicos claramente definidos y excluyentes entre sí – hacia un sistema cada vez más abierto, democrático e incluyente, el cual fue destruido y truncado por la intervención militar de 1973 imponiendo una constitución que procuró el retorno al cierre político y la preservación de los intereses de la oligarquía propietaria, en palabras de Gómez, una “involución democrática”[69].
De la ampliación y democratización de derechos, a la violenta represión estatal: la protección de las ventajas de la clase dominante y sus implicancias para la masa ciudadana
Es necesario enfatizar que esta dimensión se encuentra interrelacionada con las ya desarrolladas dimensiones económica y política; la separación cumple un papel meramente analítico, por lo tanto, es indispensable hacer una lectura en que las tres se encuentren integradas, pues su despliegue es simultáneo encontrándose éstas permanente entrelazadas.
Si bien, Chile por mucho tiempo vivió “la paradoja de tener una clase dominante aristocrática de origen agrario que asumió una ideología liberal y construyó un estado republicano y democrático, pero que restringió la participación económica y política a los miembros de la alianza dominante y mantuvo relaciones de producción semi-serviles en sus haciendas[70], la sociedad chilena sufrió importantes transformaciones desde el siglo XIX: hacia el primer tercio del siglo XX, se da lugar a la conocida cuestión social y la profundización del descontento y miseria de las capas más bajas.
Más adelante, con la crisis definitiva de las clases dominantes de origen agrario, hacia fines de los años 30, las clases medias y populares logran integrarse al sistema político y contribuyen a la ampliación de la participación política y de los derechos sociales. Dos décadas más tarde destacan la expansión de la educación, la industrialización, la ampliación del consumo y del empleo, junto a una creciente urbanización. Los avances tecnológicos en los medios de comunicación contribuyeron a situar principalmente a la radio y luego la televisión como fuentes de información, cultura, entretención e incluso como herramienta de difusión política. Sin embargo, a pesar de esta democratización y ampliación de los derechos, continuó existiendo una importante masa de carácter marginal excluida de estos beneficios.[71] [72]
Es en el gobierno de Salvador Allende (1970-1973) donde ocurre una radicalización de la democratización. Ésta es llevada al plano económico a través de la estatización de recursos naturales (en la nacionalización del cobre en 1971), la concreción de la Reforma Agraria, el intento de colectivizar la producción, entre otros. En este período existe gran desacuerdo entre la historiografía oficial y otras corrientes, pues la primera discute los supuestos económicos de la Unidad Popular presentando este período como un proceso de deterioro de las condiciones de vida nunca antes visto en la historia (oficial) del país. Como plantea Villalobos “escasearon los alimentos y los artículos de uso corriente, provocando situaciones desconocidas en el país, que angustiaron a las familias. No dieron resultado las medidas cada vez más estrictas de fijar precios bajos y apareció el mercado negro. […] En las calles se veían “colas” para adquirir determinados productos. […] Sus manejos suscitaron críticas y se temió que fuera un primer paso para imponer el racionamiento y presionar políticamente a la gente[73]. Otro énfasis que esta visión realiza tiene que ver con el caos social originado en este período, destacando la violación de la propiedad privada y la desprotección institucional de la empresa y los ciudadanos.
Para entender el contexto de producción de la Constitución de 1980 es necesario conocer la mirada oficial, pues es en respuesta a esta violación de la institucionalidad que las Fuerzas Armadas se ven “obligadas” a intervenir. Ahora, es posible sintetizar el clima general en que se desenvolvía la sociedad chilena: luego de experimentar procesos de apertura política y económica para las capas medias y bajas, y de pasar por un proceso de radicalización con orientación socialista en que los conflictos de intereses no podían hacerse más evidentes, el golpe militar en 1973 viene a acallar todas las voces que lograron tener algún espacio - las capas marginadas quedan estancadas - y se inician una serie de transformaciones que pretenden eliminar todo rastro del “desorden” anterior.[74] Transformaciones posibilitadas por el control de la prensa y los medios de comunicación, la persecución sistemática de la oposición para su aislamiento, tortura o eliminación, y la imposición, en pocas palabras, de un régimen militar autoritario, que buscó cortar definitivamente cualquier iniciativa de carácter marxista u opuesta a las implementaciones de seguridad, económicas y políticas de dicho régimen en favor de la clase dominante, y en desmedro de la democratización alcanzada previamente.
La represión y el control de muchos aspectos de la vida cotidiana como la eliminación de la libre expresión y el toque de queda, entre otros, son parte de la restitución del orden social que pretendía el ejército. Esta “restitución” favoreció principalmente a quienes fueron expropiados durante el gobierno anterior, pues se les devolvieron sus bienes y otros fueron vendidos a precios incongruentes con su valor real, favoreciendo así la privatización de empresas y no el beneficio del Estado o de la sociedad en su conjunto. Las capas más altas, principalmente, pudieron aprovechar esta oportunidad al alero del nuevo sistema económico, distinto a los precedentes: el neoliberalismo.
Los movimientos sindicales fueron reprimidos, se extirpó cualquier conexión con la acción política. Esta intervención redujo el rol preponderante que tuvieron en la etapa precedente, posibilitando la liberalización del trabajo además de una meticulosa reglamentación de la negociación laboral y otras condiciones. Salazar plantea un proceso de peonización, el cual permitiría “reducir las clases medias y populares a masas de individuos, que encandilados por la posibilidad de consumo creciente (a crédito) se dejen ordeñar individualmente […] sin posibilidad de asociarse para formar “clase”, constituir “movimiento” y jugar a la “revolución”.”[75]
La violencia es un aspecto fundamental en este período, pues si bien, es ejercida únicamente por el ejército desde el Estado, queda sujeta a contradicciones:
[…] la violencia estructural ejercida por la represión, el desempleo, el estallido de la pobreza y el impacto de la crisis (mundial) de 1982 agudizaron la contradicción entre la ciudadanía democrática y la dictadura militar, desencadenando de hecho una coyuntura de confrontación abierta entre las masas populares —sobre todo— y el régimen imperante. La violencia política, hasta allí monopolizada por los militares, comenzó a ser utilizada masivamente por los opositores al régimen.”[76]
Una de las consecuencias de esta apertura del conflicto, fue que la policía secreta era incapaz de lidiar con esta crisis del espacio público, y la represión que inicialmente se volcaba de manera selectiva a militantes de izquierda, se hizo pública, provocando que la masa ciudadana que se manifestaba, también fuera víctima también de la violación de derechos humanos; esta violencia militar[77] en reacción a la contra-violencia ciudadana desembocaba en una magnificación de la violencia en sí.[78]
Salazar destaca un fuerte “miedo a lo social” en la base de la historiografía conservadora y las elites gobernantes: refiriéndose con esto a la concepción de la manifestación ciudadana como  una actitud irracional de defensa ante un ataque de un enemigo externo. De ahí adquieren sentido la “neurótica” represión militar y las “raquíticas” políticas sociales promulgadas por la clase dirigente militar o civil.[79]
La Constitución Política de 1980: Seguridad nacional, hermetismo político y continuidad en la jerarquía y centralización del poder
            Teniendo en cuenta el contexto de represión política, control de los medios de comunicación, la suspensión del Estado de derecho, así como las transformaciones económicas, políticas y sociales descritas anteriormente, en el Preámbulo de la Constitución de 1980 se detecta una preocupación por instituir el documento como producto de un proceso democrático y dentro de cierta institucionalidad, cuestión que se expresa en la cita “[Considerando] Que la voluntad soberana nacional mayoritariamente manifestada en un acto libre, secreto e informado, se pronunció aprobando la Carta Fundamental que le fuera propuesta”. Este es uno de los primeros indicios del afán por establecer un documento constitucional (y su correlato en lo económico, político y social) duradero, afán que se irá desplegando a largo de esta Carta Fundamental a través de una meticulosa reglamentación de la composición de los distintos cuerpos estatales (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).

En términos generales la dimensión dogmática presenta garantías y derechos constitucionales fuertemente restringidos por la imperante necesidad de resguardar el orden público o la seguridad nacional. Los individuos son libres de llevar a cabo determinadas acciones (formar parte de sindicatos, moverse a lo largo del territorio, etcétera) con la posibilidad de que éstas se prohíban o declaren inconstitucionales puesto que el mismo documento otorga facultades para detener cualquier indicio de peligro para el orden constitucional propuesto.

Específicamente, el resguardo de la seguridad pasa a ser fundamental, pues se concibe la etapa previa como un caos en todos los sentidos: “Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.” (Art. 1, inciso 5°).  La responsabilidad de cautelar la seguridad nacional tiene como contraparte mantener, aunque suene paradójico, bajo control la autonomía de los grupos intermedios mencionados en el inciso tercero del artículo 1º, a los cuales, constitucionalmente, se “les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos”.

Con respecto a la declaración de que Chile es un país democrático (artículo 4°) debe tenerse en cuenta que después de la promulgación de la Constitución, la persecución sistemática de la oposición fue más allá de quienes eran militantes de izquierda o quienes contribuyeron en el gobierno de Allende: la represión se volcó al espacio público al enfrentarse el obsesivo resguardo de la seguridad con las manifestaciones que denunciaban al régimen militar. Esto contribuye a demostrar que los conceptos más generales son los más vacíos.

Existe un énfasis en reglamentar y limitar los mecanismos de participación política: el ejercicio de la soberanía “se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.” (Art. 5, inciso 1°) Esto reduce la posibilidad de realizar interpretaciones alternativas de la Constitución que puedan dar cabida a mecanismos propios de etapas anteriores (no hay espacio para la deliberación en comunidad, por ejemplo). En la afirmación, “La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo […]. (Art. 5, inciso 1°) hay contradicción con los hechos, puesto que que la prohibición de que un solo individuo se atribuya el ejercicio del poder no se está cumpliendo, ya que precisamente el contexto de producción de este documento es de carácter autoritario y dictatorial.

En el Art. 8° queda expuesto el sesgo ideológico-político fundamental que caracterizó al ejercicio del gobierno por parte de la Junta Militar y luego Augusto Pinochet: “Todo acto de persona o grupo destinado a propagar doctrinas que atenten contra la familia, propugnen la violencia o una concepción de la sociedad, del Estado o del orden jurídico, de carácter totalitario o fundada en la lucha de clases, es ilícito y contrario al ordenamiento institucional de la República [...].” (Art. 8, inciso 1°).

Incluso hay una extrapolación de lo ocurrido en la etapa precedente al utilizar el término "totalitario", evocando de manera negativa todo orden precedente al que se intenta establecer. En el mismo artículo se desestima cualquier estatus de institucionalidad que pudo haber tenido la etapa anterior, incluso se busca extirpar de lo institucional cualquier oportunidad de difusión de ideas de oposición, controlando instituciones de educación, medios de comunicación, entre otros.

En el Art. 9°, que califica al terrorismo como contrario a los derechos humanos, podría interpretarse incluso en contra del propio gobierno de 1980, de esta manera, existe una fuerte contradicción si se considera el terrorismo de Estado en plena práctica durante este período: secuestros, tortura, desapariciones, entre otros crímenes que claramente constituyeron violaciones a los derechos humanos.

Al analizar el Art. 18 (inciso 1°) “[la Constitución] garantizará siempre la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los señalados procesos [eleccionarios].” en función del Art. 8°, en que  definitivamente se desechan propuestas afines con "la lucha de clases", por lo tanto no existiría tal garantía de igualdad. Nuevamente se recurre a la protección absoluta del orden, la participación política queda subsumida a la cautela de la seguridad.

El Art. 19, que será desarrollado en lo que queda de la dimensión dogmática, es fundamental puesto que reúne las garantías constitucionales (inciso 1°) y a la vez abre la posibilidad de limitarlas, en pocas palabras presenta garantías condicionadas.

Con respecto al derecho a defensa jurídica: “La igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos. [...]” (Art. 19, núm. 3) encuentra el problema de que las Fuerzas Armadas cuentan con estatutos propios reconocidos por la Constitución. Si se considera el contexto de producción de este documento parte importante de quienes se involucraron en la persecución y violencia de Estado puede ser juzgada según estatutos propios, lo que permite tergiversar el participar en terrorismo de Estado dándole el sentido de "resguardo de la Nación, del orden", "cumplimiento de órdenes", etcétera.

Lo establecido en cuanto a libertad de enseñanza, que “[...] no tiene otras limitaciones que las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional. [...]” (Art. 19, núm. 11) manifiesta la obligación de mantenerse  dentro de los límites del sesgo ideológico descrito anteriormente, lo que hace cuestionable el uso de “libertad de enseñanza”. Por otra parte, posee un cariz principalmente económico que se encuentra ligado a desestatizar, en este caso a través de la municipalización y el fomento de la iniciativa privada. También se prohíbe cualquier tipo de difusión política en el ámbito educativo, ya que Universidades, principalmente, alojaron agitación y propaganda política en la etapa precedente y como se ha dicho anteriormente, se busca resguardar al orden de cualquier amenaza.

En contradicción con el contexto de producción de este documento, se otorga “La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa […]” (Art. 19, núm. 12), sin embargo,  se censura otros medios de comunicación (cine y otras actividades artísticas), filtrando trazas de ideología marxista o de crítica al régimen, principalmente.

Se busca restringir la acción de los partidos políticos: “Una ley orgánica constitucional regulará las demás materias que les conciernan y las sanciones que se aplicarán […]. Las asociaciones, movimientos, organizaciones o grupos de personas que persigan o realicen actividades propias de los partidos políticos sin ajustarse a las normas anteriores son ilícitos y serán sancionados de acuerdo a la referida ley orgánica constitucional” (art. 19, núm. 15°). Además, la Constitución les impone una política de transparencia económica, la cual se liga directamente a los aportes extranjeros con fines políticos que podrían facilitar el ascenso de un determinado partido. Constituyendo así otra medida preventiva, considerando el período anterior.

La libertad del trabajo (Art. 19, núm. 16°) se relaciona con una vuelta a un tipo peonal de explotación, pues en relación al contexto, la desestatización de empresas y el abandono de procesos que permitieran reinvertir en procesos productivos que beneficiaran al país, provocan que la acumulación se base en plusvalía absoluta, al igual que en el período del siglo XIX anteriormente analizado. Por otra parte, se busca regular, dentro del sistema laboral, cualquier aspecto que implique una negociación afín con determinados ideales políticos: “[…] La ley señalará los casos en que la negociación colectiva deba someterse a arbitraje obligatorio, el que corresponderá a tribunales especiales de expertos cuya organización y atribuciones se establecerán en ella.” (Art. 19, núm. 16°). La intención es que a partir de la legalidad mediar en los conflictos, sin dejar espacio a la manifestación política. Lo mismo se destaca para la formación de sindicatos y gremios, mencionados en los incisos finales del artículo.

Al analizar la dimensión orgánica es posible detectar un cierre de carácter político expresado principalmente en la facultad del Presidente de designar cargos en todos los componentes del aparato estatal (Art. 32,  núm. 6° sobre los integrantes del Senado, 9° sobre  los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes, gobernadores y a los alcaldes de su designación, 10° sobre los embajadores y ministros diplomáticos, 12° sobre otros funcionarios, 14° sobre la Corte Suprema y 18° sobre las Fuerzas Armadas y de Orden Público). En el fondo, el Ejecutivo tiene facultades para seleccionar a personas de confianza y de destituir a quienes no lo sean. Esta confianza se expresaría en términos políticos, es decir, el Presidente puede despejar el gobierno de miembros de la oposición. En cuanto a la carrera funcionaria, la cual es reglamentada por una ley orgánica constitucional (Art. 38), que garantiza los principios de carácter técnico y profesional, puede verse la expresión del intento de fundar el aparato estatal en la legalidad. Este carácter entra en conflicto con las múltiples atribuciones del Presidente, que si bien está limitado por la Constitución, ésta misma le permite suspender el estado de derecho y actuar a su arbitrio (Art. 40 y Art. 41). En el hecho de que la Constitución asegure la igualdad de oportunidades para acceder a la carrera funcionaria, no debe perderse de vista el sesgo ideológico impuesto al comienzo del documento.

Constitucionalmente se faculta al Presidente con derechos de carácter autoritario cuando el "peligro" ha dejado de ser inminente y la guerra interna o conmoción interior son efectivas (Art. 40 y Art. 41). En estado de sitio todo queda al libre arbitrio del Presidente, la justicia pierde la facultad de calificar sus acciones: “[…] los tribunales de justicia no podrán, en caso alguno, entrar a calificar los fundamentos de hecho de las medidas que haya adoptado la autoridad en el ejercicio de sus facultades.” (Art. 41, núm. 3°). Esta situación puede volverse extremadamente grave, sobre todo porque puede implicar que quede impune la violación a los derechos humanos, por ejemplo, tal como ocurrió al instalarse el régimen cívico-militar. La Constitución asegura que la oposición, quienes fomenten u originen una situación de desorden, que hayan sido exiliados, no puedan regresar al país, disminuyendo el peligro, que es considerado siempre como inminente: “[…] las medidas de expulsión del territorio de la República y de prohibición de ingreso al país, que se autorizan en los números precedentes, mantendrán su vigencia pese a la cesación del estado de excepción que les dio origen en tanto la autoridad que las decretó no las deje expresamente sin efecto.” (Art. 41, núm. 7).

La composición del Senado (establecida en el Art. 45) también entra en conflicto con el carácter democrático que se intenta asumir desde el Preámbulo. El Senado no sólo es elegido por sufragio parlamentario, sino que debe alojar miembros designados por el Presidente, restando el carácter democrático que supone la elección de los miembros de esta Cámara, por votación de los ciudadanos. Además posibilita la influencia desde el Ejecutivo y de otras esferas como las Fuerzas Armadas, universidades, ex miembros de la Corte Suprema, no presupuesta en términos democráticos, pues no ha existido proceso de elecciones para la composición de la cámara específica, a pesar de que la Constitución se aprobó en un plebiscito supuestamente democrático. Es imposible para el Poder Legislativo siquiera proponer fiscalizar al Gobierno, así se entiende que el Senado se encuentra subordinado puesto que su composición no es en su mayoría designada por el Presidente, por lo tanto puede alojar el peligro inminente de intentar perjudicar, difamar e incluso destituir al gobierno.

En el caso del Poder Judicial también existe el problema de subordinación, pues una vez reclamada su participación éste no puede excusarse por ningún motivo (Art. 73). A través de este Poder puede ordenarse a la fuerza pública ejercer cualquier medio de acción necesario, e independiente del carácter del comando, éste debe ser obedecido, pues la Constitución no reconoce fundamento u oportunidad para el desacato. En cuanto a su composición el presidente puede, si así lo necesita, deshacerse de la oposición en la Corte Suprema, quedando entonces, facultado para interferir en la composición de la misma. Los miembros del Poder Judicial son impunes frente a la ley (Art. 78), cuestión problemática sobre todo en el contexto en que se promulga la Constitución, puesto que finalmente los Poderes terminan coordinados para hacer la voluntad del Presidente (con todos los intereses que éste porta).

Por otra parte, en el Art. 79 se asegura la omnipotencia de los tribunales militares por encima de los tribunales civiles; esto es, el Ejército gana inmunidad frente a la ley durante tiempo de guerra (cabe recordar que Chile se encontraba en estado de sitio). A partir del artículo siguiente (Art. 80) se entiende que la Corte Suprema, compuesta por intervención presidencial, puede derogar todo precepto que desafíe lo planteado en la constitución, haciéndola una vez más impenetrable.

El cierre del acceso y la intervención del Ejecutivo por medio de la designación de miembros es una de las principales características orgánicas que presenta la constitución. Incluso pueden removerse del cargo a los miembros procedentes de la Corte Suprema sin apelar directamente a su desempeño en el tribunal mismo: “[...] la Corte Suprema por requerimiento del Presidente de la República, a solicitud de parte interesada, o de oficio, podrá declarar que los jueces no han tenido buen comportamiento y, previo informe del inculpado y de la Corte de Apelaciones respectiva, en su caso, acordar su remoción por la mayoría del total de sus componentes” (Art. 77, inciso 3°).

Con respecto al Tribunal Constitucional se detecta una problemática similar: la designación de miembros de órganos susceptibles de ser intervenidos por el Presidente e incluso un miembro designado directamente por el jefe de Estado (Art. 81). Todo esto, evidentemente, para preservar y proteger la Constitución de la oposición; declarar como inconstitucionales, limitar, perseguir y expulsar a aquellos individuos y elementos que beneficien a la oposición (incluyendo, de ser necesario, al mismo presidente). No se puede culpabilizar ni condenar a los miembros del Tribunal (Art. 83), y todo decreto y proyecto de ley que el Tribunal rechace es derogado, sólo en virtud de la decisión de éste; la Corte Suprema no puede apelar a esta decisión, es decir, la máxima autoridad en términos jurídicos y legislativos termina por ser el Tribunal Constitucional. En pocas palabras, es un órgano cuasi-omnipotente con un fuerte sesgo anti-oposición.

Con respecto a la Justicia Electoral, desde la Constitución se busca eliminar cualquier influencia política del Tribunal Calificador de Elecciones, o más bien, dado que los miembros son seleccionados por los mismos organismos que pueden ser controlados por el Ejecutivo, se termina por excluir a la oposición. El gobierno interviene, además, en las elecciones gremiales: regula y supervisa las elecciones dentro de los ámbitos de la organización productiva y laboral (Art. 85), entrando nuevamente en conflicto la “autonomía adecuada” que se garantiza al comienzo de la Constitución. El término “adecuada” tiene que ver mucho más con lo que parezca pertinente al orden que intenta establecerse, que con lo que necesitan efectivamente los grupos intermedios para desenvolverse.

La Contraloría General de la República, encargada de la fiscalización del ingreso y la inversión del Fisco, tiene como principal autoridad al Contralor, el cual es designado por el Presidente (Art 87). El Contralor puede denunciar la ilegalidad de un decreto o resolución, pero finalmente esta denuncia puede ser ignorada por el Ejecutivo. Sin embargo, y como protección de cualquier peligro inminente (aunque provenga del Presidente de la República) puede enviar las propuestas que puedan ser contrarias a la Constitución a revisar por el Tribunal Constitucional (Art. 88).

Las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad (Capítulo X) son militarizadas, jerárquicas y absolutamente supeditadas a las órdenes que emanan del Ejecutivo: son “esencialmente obedientes y no deliberantes”. Se monopoliza el uso de la violencia, regulando el acceso a las armas (Art. 92), con intención de evitar el surgimiento de agrupaciones paramilitares, previniendo así acciones contrarias al régimen. Esto posee un carácter fuertemente contradictorio con el momento político en que se genera esta Constitución, pues se declara justamente lo que ésta no cumple.

Los artículos 93 y 94 refuerzan el carácter jerárquico, aunque en manos del Ejecutivo, en su composición y funcionamiento: “Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, y el General Director de Carabineros serán designados por el Presidente de la República […]” (Art. 93, inciso 1°).

La formación del Consejo de Seguridad Nacional (Capítulo XI) es otra de las máximas expresiones del cierre político y de la preocupación por mantener, a toda costa, el orden nacional. Se encuentra autorizado para recabar información de los funcionarios administrativos en función de la seguridad interior y exterior. Teniendo en cuenta la idea de peligro inminente, es posible, de acuerdo a la Constitución, sacrificar la transparencia para tener seguridad.

Con respecto al Gobierno y Administración del Estado (Capítulo XIII) es prácticamente el mismo sistema de designación de cargos por el Presidente de la República, según el Art. 100 (inciso 1°) “El gobierno y la administración superior de cada región residen en un intendente que será de la exclusiva confianza del Presidente de la República […] de quien es su agente natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción”. Sólo los alcaldes son escogidos por un consejo regional de desarrollo (a propuesta de un consejo comunal), pero aun así existen comunas que deben, por ley, tener un alcalde designado por el Ejecutivo (Art. 108). Se deja un ínfimo espacio a la autonomía y se refuerza una jerarquía que asciende hasta el propio Presidente.

En el Proceso de Reforma de la Constitución, según el Art. 116, son necesarias tres quintas partes del Congreso en su totalidad (ambas Cámaras), un quórum bastante alto que significa un importante obstáculo que se suma a la totalidad de miembros designados por el Presidente que, lógicamente poseen intereses en común con éste. Considerando que en el análisis orgánico ya se hacen evidentes importantes dificultades para presentar una reforma, puesto que cualquier diferencia (principalmente ligada al sesgo ideológico-político establecido) con la Constitución deriva en rechazo legal y constitucional, reformar esta Constitución en sus aspectos más importantes (como es la orgánica) se vuelve una tarea casi irrealizable por la escasez de resquicios legales, en cuanto a reforma, que posee su redacción.

En las disposiciones transitorias se reafirma la restricción a cualquier acción política: “estará prohibido ejecutar o promover toda actividad, acción o gestión de índole político-partidista, ya sea por personas naturales o jurídicas, organizaciones, entidades o agrupaciones de personas.” (Décima disposición). Desde la legalidad que supone el documento Constitucional, se autoriza la continuidad de la Junta Militar, ahora llamada Junta de Gobierno, por nueve años después (disposiciones Decimotercera y Decimocuarta). En pocas palabras continúa la dictadura, sólo que esta vez con un fundamento legal que permitirá perpetuar el cierre político que ésta promueve y perpetuar la Constitución misma con su reglamentación de dudoso carácter democrático.
Un orden fuerte, militar y centralista asegurado en la Constitución de 1980
Al analizar la situación nacional en el período previo a la redacción de la constitución de 1980 junto con el análisis de la Carta Magna misma, pueden observarse una vez más una serie de características que ya se han vislumbrado en el proceso constitucional de 1833: un período de democratización económica, política y social puso en riesgo el rol hegemónico de la clase política y la permanencia de la propiedad privada en manos de los grupos oligárquicos. Poco después, este proceso de democratización fue truncado por una intervención militar la cual volvió a establecer un clima de exclusión y cierre político.
Tras el análisis de la Constitución de 1980, es posible apreciar una serie de características que ésta posee en términos generales. En primer lugar, el marcado interés existente por preservar el orden y la seguridad nacional. Las medidas tomadas por el gobierno de la Unidad Popular conllevaron una sensación de caos y malestar profundo en lo social, situación que fue “resuelta” por las Fuerzas Armadas[80]. Este interés ejercido por la junta militar, y concretado jurídicamente en la constitución se materializa en la plétora de mecanismos que posee el poder ejecutivo para hacer valer mandatos que limiten las libertades con el pretexto de proteger el orden y la seguridad de la nación. Vale además mencionar que las Fuerzas Armadas también están a plena disposición del ejecutivo.
En segundo lugar, resalta la sistemática exclusión política tanto de los partidos opositores al régimen como al grueso de la población chilena. Con el propósito de mantener el orden interno del país existen una gran cantidad de mecanismos legales y constitucionales que permiten al ejecutivo el controlar la composición de los poderes legislativo y judicial y el acceso al sistema político solamente a aquellos individuos que el ejecutivo considere apropiados. El documento asegura, entonces, que el poder político se quede de manera permanente en las manos de la clase política.
En tercer lugar, la total omnipotencia que se le otorga al poder ejecutivo, la cual es la característica políticamente más relevante que se desprende del análisis. Todos los mecanismos que se determinan en el documento apuntan a limitar el acceso democrático a la política y a preservar el orden y la seguridad, entregándole un control absoluto al poder ejecutivo - si no al mismo presidente - sobre todos los aspectos de la vida política y legislativa del país; cabe destacar que este poder puede ser revocado si el presidente toma medidas que se sospechen inconstitucionales: esto conlleva a que el presidente pueda ser removido de su cargo si no se adscribe a los intereses de la clase política, logrando de la misma manera un cierre del sistema político, junto con la preservación de la constitución y del orden que establece.
III. Conclusiones para una construcción histórica de futuro
La lectura de textos constitucionales de 1833 y 1980, junto con el análisis de los contextos socio históricos de sus respectivas elaboraciones, permite observar un gran número de similitudes entre ambos procesos: tanto en 1833 como en 1980 las constituciones fueron redactada después de un golpe de Estado; tanto en 1833 como en 1980 el golpe de Estado fue en respuesta a un proceso de democratización de la actividad política; tanto en 1833 como en 1980 la constitución terminó por asegurar los beneficios de las oligarquías en desmedro de todos los demás grupos sociales y convirtió la esfera política en un sistema exclusivo para este mismo grupo.
¿Qué implicancias sociales e históricas tienen para la sociedad chilena, esta continuidad de rasgos? Gabriel Salazar indica que a lo largo de la historia de Chile jamás ha existido un proceso constituyente popular y democrático[81]. En concordancia con esta idea, y a partir del análisis desarrollado en este escrito, es posible observar una serie de características comunes o continuidades históricas en el Chile republicano, sintetizadas a continuación:
En primer lugar, una intervención de carácter dictatorial por parte de las Fuerzas Armadas que permitieron la construcción de un orden estatal por parte de las autoridades políticas ya existentes. Esto se ve en 1833, tras el golpe de Estado de Portales, donde la constitución es construida por los políticos “pelucones” conservadores; y en 1980, tras el golpe de Estado de Pinochet, donde la constitución se redacta tras siete años de estado de sitio por parte de un comité de miembros de la clase política derechista, seleccionado por Pinochet mismo.
En segundo lugar, la represión y persecución sistemática de todos aquellos individuos que representasen un proyecto político alternativo al propuesto por las autoridades políticas, todo esto de manera reiteradamente violenta y sanguinaria. En 1833, cuatro años después del golpe de Estado de Portales, se procedió a la persecución sistemática de los “pipiolos” liberales y  la represión de numerosos levantamientos armados en contra del régimen; en 1980, tras el golpe de Estado de Pinochet la dictadura, a través de organizaciones cívico-militares, racionalizadas y “secretas”, torturó, ejecutó e hizo desaparecer, de manera sistemática, a los miembros de los partidos de oposición y a todos aquellos individuos considerados simpatizantes de dichas ideas, que conformaron aquello que se denominó: “enemigo interno”.
En tercer lugar, el modelo de Estado construido en cada uno de estos procesos tendió invariablemente a un Estado esencialmente político, liberal y centralista, preocupado de discutir la relación entre el poder Ejecutivo y el Legislativo; un Estado construido por la clase política y para la clase política. Esto se ve en 1833, donde la Constitución apunta de manera clara al cierre político y a la protección de la clase política hegemónica, estableciendo, en consecuencia, derechos y protecciones para las oligarquías terratenientes. En 1980 es posible observar un modelo similar, en el que el Estado se enfocó en la creación de mecanismos que le atribuyesen poderes omnímodos al Ejecutivo.
En cuarto lugar, tras el proceso de redacción de cada Constitución se llevó a cabo un proceso de legitimación tardía[82] del orden introducido por la nueva carta magna que exigió el olvido de las luchas pasadas. En otras palabras, la imposición de un orden constitucional –y como hemos propuesto, económico, político y social - supuso llevar a cabo un olvido de la historia reciente en pos de la unidad nacional. Esto se ve en 1833, encarnado en la construcción de la idea nacional de la estabilidad excepcional del orden portaliano, destacando el orden interno y el éxito militar de la nación[83]; y en 1980, con la legitimación del golpe de Estado aludiendo al caos generado por el gobierno de la Unidad Popular y al proyecto futuro de desarrollo del país,[84] junto con la construcción de una memoria histórica protagonizada por el Ejército como entidad civilizadora[85].
            Hecha esta revisión de la historia contemporánea de Chile, comprendida entre el siglo XIX y finales del siglo XX, puede agregarse una quinta característica que refleja una porfiada continuidad en la historia de Chile. Ninguno de los grupos sociales que se hicieron cargo del liderazgo económico nacional (que reflejaba su hegemonía social y, como consecuencia, su supremacía política), a pesar de haber contribuido de un modo u otro a desarrollar el capitalismo y modernizar el país, lograron “concluir y culminar la transición al capitalismo industrial, ni resolver las contradicciones profundas de sus ciclos de acumulación”,[86] que históricamente se han mantenido disociados; la economía chilena –o más bien los grupos sociales que la han orientado históricamente- nunca ha logrado construir una base industrial sólida en la cual se invierta y reproduzca aquel capital obtenido por la lógica de intercambio y acumulación mercantilista. En esencia, todos estos grupos fueron, “en un aspecto fundamental y estratégico, librecambistas”.[87]

Por otro lado, no se puede dejar de señalar que hubiera sido difícil establecer el vínculo entre los diversos ámbitos de análisis propuestos sin considerar un procedimiento metodológico que permitiera el análisis de las cualidades específicas de la realidad sociohistórica chilena, a saber, las relaciones entre los distintos grupos sociales que, en torno al conflicto social básico que gira en torno a la propiedad, “adoptan una estructura que se organiza y funciona en términos de una doble conexión: según las presiones y vinculaciones externas y según el condicionamiento de los factores internos que inciden sobre la estratificación social[88].

Ahora bien, más allá de la interpretación construida  en el presente trabajo ¿cuál es la finalidad de este ejercicio reflexivo? Cualquier ámbito del conocimiento humano, en general, y de las ciencias sociales en particular, debe estar al servicio del presente, en el sentido de que mediante las herramientas analíticas cultivadas en cada disciplina, sea posible orientar la comprensión de los procesos humanos e históricos, dándoles un sentido que permita dilucidar su actual continuidad, y de alguna forma, posibilitar la construcción consciente, y con memoria histórica, del futuro.

Desde un principio, se consideró pertinente el análisis comparado de los procesos constituyentes de 1830 y de 1980; en un primer momento por el potencial analítico y explicativo que brinda la comparación sociológica-histórica, y en un segundo momento, porque se entendió que –por las continuidades que se evidencian en ella– sería la mejor matriz heurística para comprender la historia reciente del país. Y no sólo comprenderla, sino también explicarla y cuestionarla, dilucidando el nodo problemático de la legitimidad del orden económico, político y social posterior a ambos períodos; posibilitándose entonces la puesta en cuestión de  la última construcción  nacional –económica, política y social– de corte neoliberal, originada desde el seno de la Dictadura cívico-militar en Chile (1973-1989).

¿Cómo hacer frente, entonces, al problema de la legitimidad del actual orden económico, social y político? Es preciso apuntar que en toda sociedad que encuentra su prolongación en el tiempo en la apropiación privilegiada de la riqueza producida socialmente en su seno, ha surgido la necesidad de resolver de manera legítima la desigual distribución de la riqueza económica, con su consecuente orden político y social. La historia reciente de las sociedades democráticas da cuenta de ello. Como es planteado por Habermas, este problema se soluciona mediante lo que él define como coacción estructural, es decir, “por medio del hecho de que las oportunidades legítimas de las necesidades se encuentran fijadas en un sistema de normas respetado[89]; considerando que la legitimidad de este sistema de normas, no sólo se posibilita por la creencia en su legitimidad por parte de los gobernados, sino también en el temor que despiertan sanciones que significan una amenaza directa sobre los individuos y organizaciones, lo que conlleva una pasividad social, se comprende la impotencia que implica esta situación, y por ende, la inexistencia de alternativas al orden instituido.

Planteado esto, cobra sentido que tanto en el período constituyente de 1830, como en el de 1980, la imposición de un orden constitucional -que legitima desde la legalidad el orden económico, político y social en Chile- haya sido acompañado por la violencia de Estado como forma arbitraria de excluir a todos aquellos grupos sociales que aspiraban a participar de manera más igualitaria en la distribución de la riqueza económica, con la consecuente participación que debieran haber tenido en estos procesos políticos. Sin embargo, basta que cambien las condiciones históricas de coacción, para que las fuerzas sociales subordinadas, y por lo general, torturadas, ejecutadas y/o desaparecidas, dejen  de creer e incluso desafíen a la norma instituida, posibilitando que la coacción latente contenida en el sistema de instituciones se libere, ya sea en forma de una coacción manifiesta y explícita ejercida desde el Estado –como en el caso de las jornadas de protesta nacional que caracterizaron la década de 1980– o como una lucha por el ensanchamiento del campo de participación, que puede identificarse en los diferentes movimientos sociales ya mencionados, que han tomado cuerpo en los últimos diez años en el país.

Es por esto que es posible poner en cuestión el tema de la legitimidad de los procesos constituyentes analizados. El principal producto político que emanó (a sangre y fuego) de ambos, si bien establece un orden normativo constitucional, no asegura por sí solo –ni fuera de su contexto histórico de producción– una legitimidad total, que permita asumir como signo de legitimidad al marco constitucional establecido. Como es planteado por Habermas: “en un régimen fascista, por ejemplo, el hecho de que el gobierno se ajuste, en sus actos, a la formalidad jurídica puede cumplir una función de encubrimiento ideológico; ello significa que la sola forma técnico-jurídica, la legalidad pura, no puede asegurar el acatamiento, en el largo plazo, si el sistema de poder no puede legitimarse con independencia de su ejercicio ajustado a las formas correctas.”[90]

En este sentido, se tendría que considerar que, para que se dé una legitimidad racional total, no basta con el solo establecimiento de un marco normativo que posibilite un estado de derecho; es necesario que en este proceso se alcance un consenso a través de un diálogo discursivo efectivo entre todos los actores sociales, que permita la participación práctica de todos estos grupos de manera tal que, en la norma instituida, se vea reflejado el interés común. Es decir que, en ese consenso colectivo, posibilitado a través del intercambio discursivo de argumentos, se vean reflejados todos los intereses particulares que participaron en la deliberación. Así, puede calificarse al ordenamiento nacional -tanto aquel derivado del proceso constituyente de 1830, como el derivado del proceso  constituyente de 1980– como un orden coactivo y no racional, ya que ambos períodos, como hemos dicho, han estado marcados por la imposición violenta de una carta constitucional. Es factible entonces, afirmar que el diálogo social necesario para la construcción de una sociedad, que de manera efectiva dé cabida a los intereses de todos los actores sociales se ha visto violenta y sistemáticamente cancelado, por la intervención militar y la persecución política, en ambas circunstancias. En este sentido, no es superficial señalar a manera de precisión que, “deslinde jurisdiccional no es un principio de ordenamiento del mismo rango que la democracia.[91]

Para finalizar esta reflexión, planteamos que a la luz de la revisión histórica y sociológica del devenir constitucional de nuestro país es posible dejar abiertas a la discusión una serie de preguntas:

            ¿Cómo sería Chile de haber mediado un efectivo proceso de diálogo en su constitución histórica?; ¿es posible una reconciliación entre actores sociales que históricamente se han visto envueltos en relaciones sociales violentas y coercitivas?; A cuarenta años del Golpe militar, ¿cuál es el país que todos –real, racional y libremente-  queremos?, ¿podrá llegarse a un acuerdo, como sociedad, para construir una realidad social que logre incluir y representar a todos los actores involucrados en ella, sin que para ello tenga que establecerse un orden violento donde prime la opresión, la violencia y la muerte?; ¿cómo puede orientarse hoy en día un proceso histórico que permita esta posibilidad? o, en palabras de Habermas, “¿cómo habrían interpretado colectivamente sus necesidades, con fuerza de obligación, los miembros de un sistema de sociedad, en cierto grado de desarrollo de las fuerzas productivas, y qué normas habrían aceptado como justificadas, si, con un conocimiento suficiente de las condiciones marginales y de los imperativos funcionales de su sociedad, hubieran podido y querido participar en una formación discursiva de la voluntad acerca del modo de organizar el intercambio social?[92]

Sin duda en este trabajo no se encuentran las respuestas necesarias; sin embargo, el ejercicio reflexivo propuesto posibilita plantear estas interrogantes, que sin duda permiten observar críticamente la sociedad chilena actual y, por tanto, realizar una introspección como sujetos históricamente constituidos, pero esencialmente libres, para recoger estas experiencias históricas y proyectar nuestra vida cotidiana, individual y colectiva, en la forma que libremente escojamos, hacia el futuro.
Anexo: Cuadro comparativo de la Constitución de 1833 y la Constitución de 1980[93]


Constitución Política de 1833
Constitución Política de 1980
Preámbulo

Marca un quiebre con el orden constitucional definido en la Constitución de 1828; refleja rasgos esenciales de la clase dirigente conservadora de la época: la búsqueda de perpetuar su influencia política, el crecimiento de su patrimonio, sus valores y costumbres ligadas estrechamente a lo religioso.  Expresa, además,  su concepción de poder la cual refiere a un Estado centralizado, jerárquico y autoritario.


Preocupación por instituir el documento como producto de un proceso democrático y dentro de cierta institucionalidad, mostrando un afán por establecer un documento constitucional y su correlato en lo económico, político y social.
Parte Dogmática

A pesar de que se garantiza la igualdad ante la ley y la inexistencia de una clase privilegiada, las exigencias para ser ciudadano, que permiten ejercer el derecho a sufragio, presentarse a cargos públicos y de representación popular, se encuentran ligadas de manera explícita la propiedad y  lo pecuniario expresando la hegemonía de los grupos sociales asociados al capital mercantil, generando así un cierre político que posibilita la hegemonía social de una oligarquía mercantil.

Se define un sesgo político e ideológico explícito: no se admiten doctrinas, concepciones de la sociedad, etc., de carácter totalitario o fundado en la lucha de clases.

Presenta garantías y derechos constitucionales fuertemente restringidos por la imperante necesidad de resguardar el orden público y la seguridad nacional, este último objetivo se vuelve fundamental. Es más, el mismo documento otorga facultades para detener cualquier indicio de peligro para el orden constitucional propuesto. Si bien otorga autonomía a grupos intermedios (a través de los cuales se estructura y organiza la sociedad) tiene como contraparte mantener, aunque suene paradójico, bajo control su autonomía.

Obligación de mantenerse  dentro de los límites del sesgo ideológico: educación, medios de comunicación, sistema laboral, entre otros.
Énfasis en reglamentar y limitar los mecanismos de participación política y de acción de partidos políticos, reduciendo la posibilidad de realizar interpretaciones alternativas,  que pudieran llevar a prácticas de la época anterior.
Las Fuerzas Armadas cuentan con estatutos propios reconocidos por la Constitución, lo cual es problemático, al considerar el contexto en que se produce este documento (persecución y eliminación de cualquier tipo de oposición política).
Declara que Chile es una república democrática, lo que no hace más que demostrar que los conceptos más generales son los más vacíos, ya que reúne las garantías constitucionales y a la vez abre la posibilidad de limitarlas, en pocas palabras presenta garantías “condicionadas”.

Parte Orgánica

Continúa el énfasis en las condiciones económicas excluyentes. Se definen exigencias adicionales para los miembros del Congreso y se posibilita la perpetuación de integrantes contribuyendo a la mantención del status quo dentro del Poder Legislativo a través de mecanismos de renovación poco eficientes.

A esto se añade el control que poseen sobre las políticas económicas y monetarias posibilitando la oposición a intentos de modernización económica que pudiesen perjudicar lo obtenido a través de mecanismos originarios.

Por otra parte, evidencia la jerarquía que se busca instalar, centralizada en la figura del Presidente.  Así, queda también reducida la autonomía de los gobiernos locales y deslegitimada la organización vía Asamblea.

El restablecimiento los mayorazgos permite perpetuar el orden tradicional mediante la indivisibilidad del patrimonio familiar.


El Presidente queda facultado para designar cargos en todos los componentes del aparato estatal, pudiendo seleccionar a personas de confianza y destituir a la posible oposición. Estos derechos, de carácter autoritario, se suman la facultad de suspender el estado de derecho y actuar a su arbitrio (estado de sitio)
Esta facultad puede ejercerla en el Senado: no tiene facultad para solicitar una fiscalización al Gobierno; el Poder Judicial: una vez reclamada su participación, éste debe pronunciarse, dando oportunidad para ordenar a la fuerza pública el ejercer cualquier medida que se juzgue necesaria, independiente del carácter que ésta tenga; el Tribunal Constitucional y Tribunal Calificador de elecciones: poseen miembros designados desde otros órganos institucionales susceptibles de ser intervenidos por el Presidente;

Otros niveles del Gobierno y Administración de Estado: se deja un ínfimo espacio para la autonomía (incluso algunos alcaldes son designados), reforzándose una jerarquía que haciende hasta el Presidente.

El cierre del acceso y la intervención del Ejecutivo por medio de la designación de miembros es la principal medida para excluir de manera absoluta cualquier indicio de oposición que pueda constituir un peligro inminente para el orden establecido.

Se busca reglamentar y posibilitar la carrera funcionaria, la cual queda condicionada por las atribuciones del Presidente y el sesgo ideológico existente.

Se asegura la omnipotencia de los tribunales militares por sobre los tribunales civiles, dando inmunidad al ejército durante el período de guerra (o estado de sitio); Las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad son militarizada, jerárquica y absolutamente supeditadas a las órdenes que emanan del ejecutivo: son “esencialmente obedientes y no deliberantes”.

Se encuentra la formación del Consejo Seguridad Nacional el cual queda facultado para sacrificar la transparencia (recabando información de funcionarios) en pos de la seguridad.

Proceso de Reforma

La iniciativa debe provenir del Senado, acentuando aún más  el carácter elitario de las decisiones gubernamentales, por lo exclusivos que son sus miembros, y por la incapacidad de otros grupos sociales de manifestarse por vías constitucionales (se ha delegado todo el poder a las autoridades definidas en la Constitución).


Son necesarias tres quintas partes del Congreso en su totalidad (ambas Cámaras), un quórum bastante alto que significa un importante obstáculo que se suma a la totalidad de miembros designados por el Presidente (que poseen intereses en común con éste).

Cualquier diferencia (principalmente ligada al sesgo ideológico-político establecido) con la Constitución deriva en rechazo legal y constitucional.

Reformar esta Constitución en sus aspectos más importantes (como es la orgánica) se vuelve una tarea casi irrealizable por la escasez de resquicios legales, en cuanto a reforma, que posee su redacción.

Disposiciones Transitorias



Se busca remplazar totalmente a los miembros del gobierno elegidos según la Constitución de 1828, concretando el fin de imponer un orden mucho más cerrado políticamente a favor de la clase oligárquica mercantil: es la eliminación de los liberales del gobierno por vías constitucionales.



Se autoriza la continuidad de la Junta Militar, ahora llamada Junta de Gobierno. En pocas palabras, continúa la dictadura, sólo que esta vez con un fundamento legal que permitirá perpetuar el cierre político que ésta promueve y perpetuar la Constitución.



Bibliografía
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Recursos Bibliográficos
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Chile. Textos comparados de la Constitución Política de la República de Chile : sometido a Plebiscito por la H. Junta de Gobierno por D.L. no. 3.464 de fecha 11 de agosto de 1980: y de la Constitución Política de la República de Chile de 1925: con las modificaciones introducidas a su texto el 11 de septiembre de 1973. (Santiago, Instituto de Estudios Generales, 1980).

Notas

[1] Se vuelve necesario mencionar que este trabajo se encuentra estrechamente relacionado con los temas y discusiones llevadas a cabo durante las clases del curso Historia Social de Chile, impartido por el profesor Gabriel Salazar en el segundo año de la carrera de sociología de la Universidad de Chile, en el primer semestre del año 2013, y se plantea como un intento de profundizar en algunas de las temáticas del mismo, haciendo hincapié en el análisis sociológico-histórico de dos períodos relativamente distantes de la historia del país, permitiendo además, establecer una postura desde una perspectiva global e integradora frente a los contenidos revisados en el curso, lo que constituiría – a juicio de los autores - un adecuado cierre para el mismo.

[2] “Y precisamente por esta contradicción del interés particular y del interés colectivo, reviste el interés colectivo como Estado una estructuración independiente, separada de los intereses reales particulares y colectivos, y al mismo tiempo como comunidad ilusoria, pero siempre sobre la base real de los vínculos existentes en cada conglomerado (...) y sobre todo, como expondremos más tarde, de las clases ya condicionadas por la división de trabajo, que se aíslan en cada grupo humano semejante y de las cuales una domina a las demás.” Esta cita puede ayudar a esclarecer los conceptos empleados, que por lo demás no han sido acuñados por nosotros; para quien quiera profundizar en el fenómeno de la “falsa conciencia” y en el concepto de “ideología” revisar: Carlos Marx y Federico Engels, “La ideología en general y la Ideología alemana en particular”, en: La ideología  Alemana (La Habana, Ediciones Revolucionaria, 1966).
[3] Para un análisis más detallado de estos fenómenos sociales que han caracterizado los últimos años de la vida nacional, revisar: Gabriel Salazar, “Movimientos Sociales en Chile. Trayectoria Histórica y Proyección Política” (Santiago de Chile, Uqbar Ediciones, 2012)
[4] Se entenderá, como lo hacen Goode y Hatt, que una hipótesis es “una proposición que puede ser puesta a prueba, para determinar su validez”, que “puede parecer contraria al sentido común” o estar de acuerdo con él, “como darse el caso de que sea correcta o incorrecta”. La necesidad e importancia de la hipótesis en una investigación tiene que ver con que sin ella, “la información carece de foco, es una errabundeo al azar. Los resultados no pueden ni siquiera afirmarse como un hecho con un significado claro”. La hipótesis se configura así, como “el eslabón necesario entre la teoría y la investigación que lleva al descubrimiento de nuevas aportaciones al saber”. En: Wilson Goode y Paul Hatt, “Métodos de Investigación Social”. (México D.F., Trillas, 1967) 75–76.
[5] Miguel Beltrán, “Cinco vías de acceso a la realidad social” en: REIS. Revista Española de Investigaciones Sociológicas, Vol. 29 (1985). 7 - 41.
[6] Miguel Beltrán, “Cinco vías de acceso a la realidad social” En: El análisis de la realidad social. Métodos y Técnicas de Investigación. Segunda Edición. Manuel García Ferrando; Jesús Ibáñez; Francisco Alvira (Madrid, Alianza Editorial, 1996)
[7] Las dimensiones de análisis presentadas fueron extraídas de la “Guía de Educación Cívica” puesta a disposición del público, en la página web de la Biblioteca del Congreso Nacional, presentadas  bajo la etiqueta de “El ciudadano y la ley” – dentro de la temática “Constitución”- en el apartado “Partes de una Constitución Política”. Para mayores detalles, se recomienda visitar: http://www.bcn.cl/ecivica/constitucion/
[8] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación capitalista en Chile (Apuntes de clase)” (Santiago, LOM Ediciones, 2003), 59.
[9] Para una análisis sociológico más profundo y acabado sobre los procesos de vinculación al mercado mundial que experimentaron las recién independizadas naciones latinoamericanas, durante el siglo XIX, revisar el ya clásico texto Dependencia y Desarrollo en América Latina, de Fernando Cardoso y Enzo Faletto, 1977, Buenos Aires, Siglo XXi editores S.A.
[10] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 59.
[11] Para una mayor comprensión acerca de los ciclos de acumulación que caracterizan, por una parte, al capital mercantil, y por otra, al capital industrial, revisar, de Carlos Marx “Cómo se convierte el dinero en Capital”, en:  El Capital: crítica de la economía  política, I. Fondo de Cultura Económica, México, 1999.
[12]De las consecuencias sociales (y no sólo económicas) de estos mecanismos hablaremos en las siguientes páginas; por el momento precisamos que, una extensa y detallada caracterización y análisis de los mecanismos de acumulación mencionados en esta sección se encuentra en G. Salazar “Del patriciado mercantil criollo: mercados, usura y acumulación”, en: Mercaderes, Empresarios y Capitalistas (Chile, siglo XIX). Editorial Sudamericana, Santiago, 2009.
[13] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 50 – 51.
[14] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 60.
[15] Para un análisis más detallado de las características del “pacto colonial” y su posterior crisis, revisar: Halperin Donghi, Tulio, “Historia Contemporánea de América Latina”, (Madrid, Alianza Editorial, 1984) .
[16] Fernando Cardoso y Enzo Faletto, “Dependencia y Desarrollo en América Latina” (Buenos Aires, Siglo XXi editores S.A., 1977), 35.
[17] Fernando Cardoso y Enzo Faletto, “Dependencia y Desarrollo…”, 20.
[18] “Los estadistas y los ideólogos trataron de organizar el país creando leyes y constituciones basadas en ideas abstractas que no correspondían a la realidad del país. Se creía que los principios tomados de la filosofía política europea y norteamericana, e implantados mediante un régimen constitucional, operarían cambios profundos en la nación. Esas ideas provenían de la Revolución Francesa y de la Independencia de los Estados Unidos.” Sergio Villalobos, “Chile y su historia” (Santiago de Chile, Editorial Universitaria, 2002), 199.
[19] Gabriel Salazar, “En el nombre del poder popular constituyente” (Santiago de Chile, LOM Ediciones, 2011), 42 – 43.
[20] Para mayor referencia sobre los conflictos subyacentes entre las aristocracias durante este período en América Latina, revisar: Carlos Ruiz, “Independencia y Anarquía o la conflictiva formación del orden oligárquico en América Latina” (Santiago de Chile, Universidad de Chile, 2003).
[21] Existen disensos entre historiadores con respecto a este último punto, como lo expresa Alfredo Jocelyn-Holt: Desde 1823 […] se establece un condominio oligárquico-militar en el que participan activamente las únicas dos fuerzas políticas de ese entonces. Este régimen compartido, no obstante haberse tratado de institucionalizar en tres cuerpos legales diferentes (Constitución de 1823, Leyes Federales y Constitución de 1828), tuvo caracteres marcadamente arbitrales de facto, en buena medida porque todos estos ordenamientos estaban inspirados en un prejuicio anti-Ejecutivo. En otras palabras, los militares ejercieron periódicamente “dictaduras” de hecho aun cuando dicho ejercicio nunca estuvo respaldado legalmente.” (Alfredo Jocelyn-Holt, “El peso de la noche…”, 134). También Mario Góngora contribuye a la discusión, aseverando que “La nacionalidad chilena ha sido formada por un Estado que ha antecedido a ella” (Mario Góngora, “Ensayo histórico sobre la noción de Estado en Chile en los siglos XIX y XX” (Santiago, Editoriales La Ciudad, 1981), 11.
[22] Gabriel Salazar, “En el nombre…”, 45.
[23] Por ejemplo: Simon Collier, “The Historiography of the "Portalian" Period (1830-1891) in Chile” en: Historical Review, Vol. 57, Nº 4.  (1977)  664 – 665.
[24] Para acceder a una definición y caracterización de la acumulación originaria de Carlos Marx, dirigirse a “La llamada acumulación originaria”, en: El Capital: crítica de la economía  política, (México D.F., I. Fondo de Cultura Económica, 1999).
[25] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 196.
[26] Gabriel Salazar, “Del patriciado mercantil criollo: mercados, usura y acumulación (1700-1860”. En Mercaderes, Empresarios y Capitalistas (Chile, siglo XIX), Gabriel Salazar (Santiago, Editorial Sudamericana, 2009).
[27] Una extensa y detallada caracterización y análisis de los mecanismos de acumulación mencionados en esta sección se encuentra en: Gabriel Salazar, “Del patriciado mercantil criollo: mercados, usura y acumulación”, en: Mercaderes, Empresarios y Capitalistas (Chile, siglo XIX), Gabriel Salazar (Santiago, Editorial Sudamericana, 2009).
[28] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 197.
[29] Para un enfoque de este proceso desde la historia popular,  dirigirse a Gabriel Salazar, “Labradores, peones, y  proletarios”, 2ª edición (Santiago de Chile, Ediciones SUR, 1989).
[30] Otra perspectiva,  con menor énfasis en lo económico, la presenta Alfredo Jocelyn-Holt: “La elite dirigente, dije anteriormente, desde el siglo XVIII en adelante aceptó al estado como concesión, pero ello sin perjuicio de que dicha aceptación fue a la vez escéptica, de la misma manera que lo sería durante todo el siglo XIX por lo demás. La elite chilena aceptó al estado mientras no alterara el orden social y político establecido. De ahí su fuerte rechazo a cualquier tipo de autogeneración de dicho estado. De ahí también su repudio a Balmaceda en 1891 y, más recientemente, su rechazo a los gobiernos planificadores  de los años sesenta y setenta del siglo XX apelando a la intervención y apoyo de las fuerzas militares, entidades contempladas en la institucionalidad pero en el fondo corporaciones propias de la sociedad civil.” En: Alfredo Jocelyn-Holt, “El peso de la noche. Nuestra frágil fortaleza histórica, (Santiago, Editorial Planeta/Ariel, 1997), 138.
[31] Gabriel Salazar, “Patriciado Mercantil y Liberación Femenina (1810-1930)” (Santiago, Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM), 2010).
[32]  Gabriel Salazar, “Del patriciado mercantil criollo...” (2009).
[33] Alfredo Jocelyn-Holt, “El peso de la noche…”, 28.
[34] Fernando Cardoso y Enzo Faletto, “Dependencia y Desarrollo…”, 18 – 19.
[35] Fernando Cardoso y Enzo Faletto, “Dependencia y Desarrollo…”, 45 – 46.
[36] Fernando Cardoso y Enzo Faletto, “Dependencia y Desarrollo…”, 45 – 46.
[37] Jorge Larraín, “Identidad Chilena” (Santiago, LOM Ediciones, 2001), 89.
[38] Para mayor detalle sobre la construcción social de la identidad nacional, revisar Benedict Anderson, “Comunidades imaginadas: Reflexiones sobre el origen y la difusión del nacionalismo” (México D.F., Fondo de Cultura Económica, 1993); Eric Hobsbawm, “La invención de la tradición” (Madrid, Crítica, 2002) y Julio Pinto Vallejos y Verónica Valdivia Ortíz de Zárate, ¿Chilenos todos? La construcción social de la nación (1810-1840)” (Santiago, LOM Ediciones, 2009. Por su parte, para el análisis de los “mitos fundacionales” ver
[39] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 142.
[40] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 145.
[41] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 147.
[42] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 147.
[43] Fernando Cardoso y Enzo Faletto, “Dependencia y Desarrollo…”, 14.
[44] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 414.
[45] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 415
[46] Como es visto en: (Salazar, 2003) y Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, por citar algunos.
[47] Es importante destacar que en esta privatización, grandes empresas estatales pasaron a manos de particulares a precios irrisorios, acentuando aún más el carácter de acumulación de fondos para inversión privada, del proceso, dejando en claro el carácter mercantil/empresario que adopta el Estado Chileno en este período; esto está expuesto en: Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 415 – 416.
[48] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 153.
[49] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 414.
[50] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 416.
[51] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 154.
[52] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 155
[53] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 162.
[54] Para una mayor comprensión sobre los conceptos de plusvalía absoluta y relativa, revisar, de Carlos Marx “Proceso de trabajo y proceso de valorización” y “Concepto de la plusvalía relativa” en:   El Capital: crítica de la economía  política, I. Fondo de Cultura Económica, México, 1999; capítulos V y X, respectivamente.
[55] Gabriel Salazar, “En el nombre…”, 70 – 72.
[56] Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia…”, 8.
[57] Para una mayor exploración del gobierno de Ibáñez del Campo, así como también del período presidencialista comprendido entre 1925 y 1970, se recomienda la lectura de Sofía Correa, Consuelo Figueroa, Alfredo Jocelyn-Holt, Claudio Rolle, Manuel Vicuña, “Historia del siglo XX chileno: Balance paradojal” (Santiago, Editorial Sudamericana, 2001) y de  Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia. El derecho de propiedad en Chile. 1925 – 1973”, (Santiago, LOM Ediciones, 2004).
[58] Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia…”.
[59] Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia…”, 159.
[60] La ley 8.811 tuvo como finalidad restringir la capacidad de organización sindical de los trabajadores en Chile; por otro lado, la ley 8.987, también conocida como la Ley de Defensa Permanente de la Democracia, buscó la prohibición de la participación política del Partido Comunista de Chile.
[61] Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia…”, 9.
[62] Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia…”.
[63] Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia…”, 329.
[64] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 401.
[65] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 405.
[66] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 407.
[67] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 406.
[68] Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia…”, 353.
[69] Juan Carlos Gómez, “La frontera de la democracia…”, 32.
[70] Jorge Larraín, “Identidad Chilena”, 91.
[71] Jorge Larraín, “Identidad Chilena”.
[72] Para acceder a un breve análisis sobre la transición del Estado de Compromiso al Estado Burocrático-Autoritario en Latinoamérica, y la nueva forma de dominación en relación al comportamiento de los grupos sociales, que permite dar cuenta de los importantes procesos sociales que marcaron el contexto en análisis, revisar: Enzo Faletto y Julieta Kirkwood, “Política y comportamientos sociales en América Latina (Documento de trabajo)” (Santiago, FLACSO, 1976).
[73] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 400.
[74] Una visión que resalta la primacía de los factores políticos en el colapso de la institucionalidad de 1973, plantea que frente a la imposible “distinción entre las reglas y procedimientos democráticos, y las instituciones que en Chile encarnaban dichas reglas. […] las Fuerzas Armadas surgieron como el único poder “neutral” con una legitimidad suficiente y una capacidad real  para mediar entre las fuerzas en pugna.”Arturo Valenzuela, “El quiebre de la democracia en Chile” (Santiago, FLACSO, 1978), 221.
[75] Gabriel Salazar, “La historia desde abajo y desde dentro” (Santiago, LOM Ediciones, 2003), 157.
[76] Gabriel Salazar, “La historia desde abajo…”, 117.
[77] Con respecto al “disciplinamiento” a través de la violencia: “La experiencia chilena ha mostrado cuán fácil es para una institución militar profesional y “neutral” el convertirse en un régimen militar represivo. Tan pronto como los militares concibieron a sus compatriotas como enemigos en contra de los cuales se debía librar una guerra total, toda medida represiva se hizo justificable. No es sorprendente que los militares hayan actuado con una fuerza de ocupación y tratado a toda la nación como si fuera un regimiento. También es natural que una institución que se funda en los principios de jerarquía, orden y disciplina considere a la democracia como un obstáculo para ganar una guerra. De hecho, los líderes militares han culpado explícitamente a la democracia por haber permitido que fuerzas “extranjeras” corrompieran un segmento del pueblo chileno. Para “sanear” la nación, ellos han tratado de extirpar todas aquellas políticas que en algún modo pudieran identificarse con una democracia débil o con el marxismo.” Arturo Valenzuela, “El quiebre de la democracia en Chile” (Santiago, FLACSO, 1978), 288.
[78] Gabriel Salazar, “La historia desde abajo…”.
[79] Gabriel Salazar, “La historia desde abajo…”.
[80] Sergio Villalobos, “Chile y su historia”, 403.
[81] Gabriel Salazar, “Construcción de Estado en Chile: la historia reversa de la legitimidad” en: Proposiciones Nº 24 (1993), 92 – 110.
[82] Para un desarrollo más profundo sobre este concepto, revisar a: Jürgen Habermas, “Problemas de legitimación en el capitalismo tardío” (Madrid, Amorrortu Editores, 1999).
[83] Simon Collier, “The historiography…”
[84] Gabriel Salazar, “La historia desde abajo…”.
[85] Jorge Larraín, “Identidad Chilena”. Sobre la construcción de una “memoria emblemática”. Respecto a la historia reciente ver Peter Winn. “El pasado está presente. Historia y memoria en el Chile contemporáneo”, en Anne Pérotin-Dumon (dir.). Historizar el pasado vivo en América Latina
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[86] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 151.
[87] Gabriel Salazar, “Historia de la acumulación…”, 151.
[88] Fernando Cardoso y Enzo Faletto, “Dependencia y Desarrollo…”, 37.
[89] Jürgen Habermas, “Problemas de legitimación…”, 162 – 163.
[90] Jürgen Habermas, “Problemas de legitimación…”, 169.
[91] Jürgen Habermas, “Problemas de legitimación…”, 187.
[92] Jürgen Habermas, “Problemas de legitimación…”, 189.
[93] Para el siguiente cuadro comparativo no se ha considerado necesario hacer referencia explícita a los textos constitucionales; para mayores detalles se sugiere revisar los documentos completos.